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Documento BOE-A-2002-18375

Orden ECD/2307/2002, de 2 de septiembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la denominada "Fundación Internacional Delogan-Primz", de Rivas Urbanizaciones (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 21 de septiembre de 2002, páginas 33860 a 33860 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2002-18375

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de doña María Magdalena

López Fernández, solicitando la inscripción de la "Fundación Internacional

Delogan-Primz" en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación,

Cultura y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 30/1994, de 24 de

noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada

en Actividades de Interés General, en el Reglamento de Fundaciones de

Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero

("Boletín Oficial del Estado" de 6 de marzo) y en el Reglamento del Registro

de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto

384/1996, de 1 de marzo.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación

anteriormente citada fue constituida en Madrid el 21 de diciembre de 2001, según

consta en escritura pública número cinco mil doscientos cuarenta y cinco

otorgada ante el Notario don Antonio Crespo Monerri, por doña María

Magdalena López Fernández.

La escritura mencionada fue subsanada por las números mil trescientos

cuarenta, otorgada el día 8 de abril de 2002 y dos mil quinientos diecisiete,

otorgada el 21 de junio de 2002, ambas ante el Notario don Antonio Crespo

Monerri.

Segundo. Domicilio y ámbito de actuación de la Fundación.-El

domicilio de la Fundación quedó establecido en la plaza Naranjo de Bulnes,

número 14, 1.o, Rivas Urbanizaciones, 28529 Madrid; y su ámbito de

actuación se extiende a todo el territorio nacional, pudiendo extenderse a los

países de la Comunidad Europea y al resto del mundo.

Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la

obra pictórica que figura en relación incorporada a la escritura número

dos mil quinientos diecisiete, ya citada, valorada en cuarenta y ocho mil

euros, según tasación que también se incorpora a la escritura.

Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir

la Fundación, que aparecen incorporados a la escritura de constitución

a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de

la Fundación los siguientes: "La Fundación Internacional Delogan-Primz,

tiene por objeto primordial el fomento de la Cultura y la Educación en

todos los ámbitos sociales nacionales e internacionales, promocionando

acciones de desarrollo e Igualdad de oportunidades a favor de todas

aquellas personas que se encuentren en inferioridad de condiciones."

Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de

la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán

sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de

cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Doña

María Magdalena López Fernández; Vicepresidente: Don Fernando Gómez

López; Secretario: Don Jaime Gozalo Sanmillán; Vocales: Don Antonio

Fernando Gómez Skarmeta y doña María Magdalena Romo Herrero, según

consta en escritura de constitución de la Fundación.

En dicha escritura consta la aceptación de los cargos indicados.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho

a fundar para fines de interés general.

La Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos

Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por

Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de

6 de marzo).

El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal,

aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo ("Boletín Oficial del

Estado" del 29).

El Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades

Análogas y de los Servicios Administrativos encargados de las mismas,

aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de junio ("Boletín Oficial del Estado"

de 30 de octubre), en cuanto no haya sido derogado por las disposiciones

anteriormente citadas.

La Orden del Ministro de Educación y Cultura, de 18 de mayo de

1999 ("Boletín Oficial del Estado" del 21), en relación con la Orden de

la Ministra de Educación, Cultura y Deporte de 3 de julio de 2000 ("Boletín

Oficial del Estado" del 5), en virtud de las cuales se delegan en el Secretario

general técnico del Departamento las competencias relativas al

Protectorado de Fundaciones que corresponden al mismo.

Segundo.-Según el artículo 36.2 de la Ley 30/1994, la inscripción de

las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto

a la persecución de fines de interés general y a la suficiencia de la dotación,

procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable sobre ambos

extremos.

Tercero.-Según la disposición transitoria única del Reglamento del

Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en

funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por

lo que procede la inscripción de la "Fundación Internacional

Delogan-Primz" en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación,

Cultura y Deporte.

Por todo lo cual, este Ministerio, previo informe del Servicio Jurídico

del Departamento, ha resuelto acordar la inscripción en el Registro de

Fundaciones del Departamento de la denominada "Fundación

Internacional Delogan-Primz", de ámbito estatal, con domicilio en Plaza Naranjo de

Bulnes número 14, 1.o Rivas Urbanizaciones, 28529 Madrid, así como del

Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de

hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 2 de septiembre de 2002.-P. D. (Orden de 1 de febrero de

2001, "Boletín Oficial del Estado" del 9), el Secretario general técnico,

José Luis Cádiz Deleito".

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