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Documento BOE-A-2003-5568

Resolución de 10 de febrero de 2003, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se incoa expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, a favor de los Hórreos de Liébana y la Panera de Cades, en Cantabria.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2003, páginas 10642 a 10643 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2003-5568

TEXTO ORIGINAL

Los hórreos de Liébana y la panera de Cades son bienes etnográficos expresivos de la cultura y modos de vida de algunas zonas de Cantabria, que han llegado hasta nosotros por vía consuetudinaria. Asimismo tienen la particularidad de estar ligados a una actividad productiva agrícola tradicional. Estos bienes corren peligro de desaparición como consecuencia de las transformaciones económicas y sociales sufridas por las economías tradicionales en los últimos años, en consideración a lo que dispone la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, el Excmo. Sr. Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, resuelve:

Primero.

Incoar expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, a favor de los hórreos de Liébana y la panera de Cades en Cantabria.

Segundo.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, describir para su identificación el bien objeto de la incoación, según en el anexo que se adjunta a la presente Resolución.

Tercero.

Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes.

Cuarto.

Dar traslado de esta Resolución, conforme al artículo 17 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, a los Ayuntamientos de Camaleño, Potes, Pesaguero, Cabezón de Liébana, Camargo y Herrerías y hacerles saber que, según lo dispuesto en los artículos 47, 52 y 53 de la misma, cualquier intervención en el bien objeto de incoación o cambio de su uso o destino deberá contar con la autorización expresa de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, previa a la concesión de la licencia.

Será igualmente preceptiva la autorización de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la colocación de elementos publicitarios e instalaciones aparentes.

Quinto.

Que de acuerdo con lo que disponen los artículos 17 y 22 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, se notifique esta Resolución a los interesados, a los efectos oportunos, y al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado para su anotación preventiva.

Sexto.

Que la presente Resolución, con su anexo, se publique en el «Boletín Oficial de Cantabria» y en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Santander, 10 de febrero de 2003.‒El Consejero, José Antonio Cagigas Rodríguez.

ANEXO

Descripción de los hórreos

De la catalogación realizada, en función de la información disponible y del correspondiente trabajo de campo, se desprende la existencia en Cantabria de 18 hórreos, todos ellos situados en Liébana, excepto el que se encuentra en Casar de Periedo (Cabezón de la Sal) y el que se alza en el jardín del Museo Etnográfico, que procede de Pido (Camaleño) y que no representa el único caso en que el hórreo ha sido trasladado desde su lugar de origen para ser reconstruido en otro emplazamiento, ya que sucede lo mismo con los situados en Mieses, Potes, Fuente Dé y Mogrovejo.

Aunque en la actualidad los hórreos más numerosos sólo forman parte del paisaje cultural lebaniego, en otro tiempo fueron construcciones habituales en varios concejos de la región, especialmente en los valles centrales.

Los hórreos en Cantabria ‒ya documentados, en el siglo IX, en el Cartulario del Monasterio de Santo Toribio‒ son construcciones exentas hechas para servir de granero y almacén, con paredes formadas por tablas de madera que se asientan sobre fuertes vigas de roble y cubierta de teja árabe, a dos o a cuatro aguas. Su característica más llamativa es que se levantan a unos dos metros del suelo sobre cuatro o seis pies de madera o de piedra, de forma troncopiramidal, llamados «pegollos». Se produce así un espacio que aísla el hórreo de la humedad del suelo y que el propietario solía aprovechar para recoger en él el carro y diversos aperos. Entre los pegollos y las vigas que forman la base de la estructura de madera se colocan las muelas, lanchas de piedra que sobresalen de las líneas de construcción impidiendo que los roedores puedan llegar hasta el granero. Por esta misma razón, la escalera de subida al hórreo, de peldaños de piedra, no se adosa a éste, sino que se deja una pequeña holgura de separación entre ambos.

En cuanto a la panera de Cades, hay que señalar que se trata de un espléndido y único ejemplar ‒situado junto a la ferrería‒ que se levanta del suelo por medio de seis «pegollos» (pies derechos); ambas instalaciones conforman un interesante conjunto etnográfico de notable valor cultural.

Como consecuencia del desuso y del abandono que han sufrido por el cambio económico y social, los hórreos y la panera corren peligro de desaparición.

Ubicación

Ayuntamiento de Camaleño:

Cuatro hórreos en Espinama.

Dos hórreos en Pido.

Dos hórreos en Las Ilces.

Un hórreo en Mieses.

Un hórreo en Mogrovejo.

Un hórreo en Cosgaya.

Un hórreo en Baró.

Ayuntamiento de Potes:

Un hórreo en Potes.

Ayuntamiento de Pesaguero:

Un hórreo en Avellanedo.

Un hórreo en Valdeprado.

Ayuntamiento de Cabezón de Liébana:

Un hórreo en Aniezo (Somaniezo).

Un hórreo en Cabezón de Liébana.

Ayuntamiento de Camargo:

Un hórreo en el Museo Etnográfico de Cantabria.

Ayuntamiento de Herrerías:

Una Panera en Cades.

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