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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Decreto de 2 de junio de 1944 por el que se aprueba con carácter definitivo el Reglamento de la organización y régimen del Notariado.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 07/07/1944.
Entrada en vigor:
15/07/1944
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-1944-6578
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/d/1944/06/02/(1)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 02/06/1944
  • Fecha de publicación: 07/07/1944
  • Fecha de entrada en vigor: 15/07/1944

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • Art. 344, por Real Decreto 1011/2015, de 6 de noviembre (Ref. BOE-A-2015-12055).
    • el art. 349, por Real Decreto 421/2015, de 29 de mayo (Ref. BOE-A-2015-6520).
  • SE DICTA EN RELACIÓN los arts. 4, 72, 74, 76 y 77, sobre demarcación notarial: Real Decreto 140/2015, de 6 de marzo (Ref. BOE-A-2015-2494).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 182, por Real Decreto 1276/2011, de 16 de septiembre (Ref. BOE-A-2011-14812).
    • el art. 177, por Real Decreto 1/2010, de 8 de enero (Ref. BOE-A-2010-836).
  • SE DECLARA:
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 7 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20315).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 7 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20314).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 7 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20313).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 7 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20312).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 7 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20311).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 7 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20310).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 4 de noviembre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20323).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 4 de noviembre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20322).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 14 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20321).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 14 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20320).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 14 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20319).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 14 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20318).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 14 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20317).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 14 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20316).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 11 de noviembre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20328).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 11 de noviembre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20327).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 11 de noviembre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20326).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 11 de noviembre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20325).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 11 de noviembre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-20324).
    • la nulidad de los últimos incisos de los arts. 340 y 344.A.11, por Sentencia del TS de 14 de octubre de 2008 (Ref. BOE-A-2008-18893).
  • SE MODIFICA los arts. 156.5, 177, 285, 344 y 346, por Real Decreto 1804/2008, de 3 de noviembre (Ref. BOE-A-2008-18548).
  • SE DECLARA:
    • la nulidad del último párrafo del art. 166 y el 344.C).3, por Sentencia del TS de 7 de julio de 2008 (Ref. BOE-A-2008-13316).
    • la nulidad de lo indicado de determinados preceptos, por Sentencia del TS de 20 de mayo de 2008 (Ref. BOE-A-2008-10272).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • regulando el procedimiento sobre solicitud y expedición telemática de certificaciones del registro de actos de última voluntad: Instrucción de 22 de enero de 2008 (Ref. BOE-A-2008-1626).
    • regulando el cumplimiento de determinadas obligaciones de los notarios en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales: Orden EHA/114/2008, de 29 de enero (Ref. BOE-A-2008-1627).
    • los arts. 4, 72, 74 y 77, aprobando la demarcación y clasificación notarial: Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero (Ref. BOE-A-2007-5675).
  • SE DEROGA el art. 141 bis, disposiciones transitorias 1, 2 ,4, 6 a 9, SE MODIFICA determinados preceptos y se añade el anexo V, por Real Decreto 45/2007, de 19 de enero (Ref. BOE-A-2007-1810).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD regulando el órgano centralizado de prevención de blanqueo de capitales: Orden EHA/2963/2005, de 20 de septiembre (Ref. BOE-A-2005-15844).
  • SE MODIFICA los arts. 5, 6, 10, 12,16, 19 y 20, por Real Decreto 862/2003, de 4 de julio (Ref. BOE-A-2003-13980).
  • SE DEROGA los núms. 4 y 6 del art. 316 del Reglamento notarial, por Real Decreto 1643/2000, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-2000-17213).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD el Reglamento notarial, autorizando la delegación de firmas del Jefe del Registro General de Actos de Última Voluntad en los Gerentes Territoriales: Resolución de 12 de noviembre de 1998 (Ref. BOE-A-1999-5447).
  • SE DEJA SIN EFECTO la modificación del art. 142 del reglamento, efectuada por el Real Decreto 675/1993, de 7 de mayo, por Sentencia del TS de 28 de octubre de 1995 (Ref. BOE-A-1996-6556).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 175 y 249 y 5 y 15 del anexo 3, por Real Decreto 2537/1994, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1995-1851).
    • el art. 142, por Real Decreto 675/1993, de 27 de mayo (Ref. BOE-A-1993-11994).
    • el art. 8 del anexo IV, por redacción dada al mismo del Decreto 1954/1982, de 30 de julio, por Real Decreto 557/1993, de 16 de abril (Ref. BOE-A-1993-10086).
    • los arts. 175 y 249 y 5 y 15 del anexo 3, por Real Decreto 1558/1992, de 18 de diciembre (Ref. BOE-A-1993-3255).
    • los arts. 4, 12, 13 y 14 del anexo 2 y se añade el art. 209 bis, por Real Decreto 1368/1992, de 13 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-27995).
    • los arts. 5, 8, 10, 12, 20 y 101, por el Real Decreto 1728/1991, de 29 de noviembre (Ref. BOE-A-1991-29525).
    • el art. 241, por Real Decreto 1597/1989, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1989-30592).
    • los arts. 5, 6, 9, 10, 12, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 100 y 101, por el Real Decreto 950/1987, de 24 de julio (Ref. BOE-A-1987-17387).
    • el art. 4, según redacción dada al anexo IV Real Decreto 1954/1982, de 30 de julio, por Real Decreto 2360/1985, de 23 de octubre de 1985 (Ref. BOE-A-1986-1367).
    • el art. 17 del anexo III, por Real Decreto 510/1985, de 6 de marzo (Ref. BOE-A-1985-6285).
  • SE CORRIGEN erratas en la Corrección de errores del Real Decreto 1209/1984, de 8 de junio, en BOE núm. 187 de 6 de agosto de 1984 (Ref. BOE-A-1984-17515).
  • SE CORRIGEN errores del Real Decreto 1209/84, de 8 de junio, en BOE núm. 183 de 1 de agosto de 1984 (Ref. BOE-A-1984-17221).
  • SE MODIFICA determinados preceptos , por Real Decreto 1209/1984, de 8 de junio (Ref. BOE-A-1984-14281).
  • SE INTERPRETA, por Resolución de 2 de mayo de 1984 (Ref. BOE-A-1984-9934).
  • SE DEROGA el art. 42, párrafos 2 y 3, por Real Decreto 3301/1983, de 7 de diciembre (Ref. BOE-A-1984-606).
  • SE DECLARA en el CONFLICTO 370/1982 (Ref. 1982/27472), que el art. 22 no viola las competencias atribuidas, salvo en la preferencia regulada en su párrafo 3, por Sentencia 67/1983, de 22 de julio (Ref. BOE-T-1983-22267).
  • SE MODIFICA los arts. 4, 72, 74.1 y 96.1, por Real Decreto 1163/1983, de 30 de marzo (Ref. BOE-A-1983-13178).
  • SE AÑADE el anexo IV, por Real Decreto 1954/1982, de 30 de julio (Ref. BOE-A-1982-20739).
  • SE MODIFICA:
    • determinados preceptos , por Real Decreto 1126/1982, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-1982-13247).
    • los arts. 4, 42, 72, 96, 134, 285 y 286, por Real Decreto 1689/1980, de 24 de julio (Ref. BOE-A-1980-18975).
    • los arts. 10, 77,88 y 98, por Real Decreto 342/1978, de 10 de febrero (Ref. BOE-A-1978-6588).
  • SE DEROGA y SE MODIFICA en la forma indicada los arts. 310, 312, 314 y 316, por Decreto 1530/1968, de 12 de junio (Ref. BOE-A-1968-819).
  • SE MODIFICA:
    • determinados preceptos, por Decreto 2310/1967, de 22 de julio (Ref. BOE-A-1967-15204).
    • el art. 5º y 10º, por Decreto 173/1965, de 8 de febrero (Ref. BOE-A-1965-2419).
    • el art. 152, por Decreto de 8 de agosto de 1958 (Ref. BOE-A-1958-14576).
    • los arts. 325 y 327, por Decreto de 5 de abril de 1957 (Ref. BOE-A-1957-5212).
  • SE DEROGA:
    • el anexo I y lo indicado, por Decreto de 29 de abril de 1955 (Ref. BOE-A-1955-7722).
    • las disposiciones transitoria 3 y 5 y SE MODIFICAN determinados preceptos, por Decreto de 30 de noviembre de 1945 (Ref. BOE-A-1945-12055).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD sobre reorganización de la Sección Histórica en los Archivos de PRotocolos: Decreto de 2 de marzo de 1945 (Ref. BOE-A-1945-2915).

Materias

  • Aranceles Profesionales
  • Colegios Notariales
  • Consejo General del Notariado
  • Dirección General de los Registros y del Notariado
  • Documentos
  • Incompatibilidades
  • Mutualidad Notarial
  • Notarías
  • Oposiciones y concursos
  • Registro General de Actos de Ultima Voluntad

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