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Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 23/12/1986
  • Fecha de publicación: 24/12/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1987

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA la disposición final 1, por Ley 39/2010, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-19703).
  • SE DECLARA la vigencia de la disposición adicional 28 , por Ley 41/1998, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-28473).
  • SE DEROGA:
    • la disposición adicional 37, por la Ley 30/1995, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1995-24262).
    • la disposición adicional 7, por la Ley 14/1993, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1993-30619).
    • la disposición adicional 21, por la Ley 29/1991, de 16 de diciembre (Ref. BOE-A-1991-30076).
    • disposiciones adicionales 8, 9 y 35, por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con la disposición transitoria 6.10, sobre integración de las Mutualidades de funcionarios de la Seguridad social en el Fondo especial: Real Decreto 126/1988, de 22 de febrero (Ref. BOE-A-1988-4486).
    • la disposición adicional segunda: Resolución de 12 de diciembre de 1987 (Ref. BOE-A-1988-1270).
  • SE DESARROLLA la disposición adicional 35, por Orden de 30 de noviembre de 1987 (Ref. BOE-A-1987-28544).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • la disposición final 2, estableciendo el régimen de retribuciones de los funcionarios de administración y servicios de las universidades: el Real Decreto 1545/1987, de 11 de febrero (Ref. BOE-A-1987-28025).
    • con la disposición adicional cuadragésimo segunda: Real Decreto-ley 6/1987, de 11 de diciembre (Ref. BOE-A-1987-27599).
    • la disposición adicional 32: Real Decreto 1417/1987, de 13 de noviembre (Ref. BOE-A-1987-25990).
    • con la disposición adicional 32, suprimiendo el patronato oficial de viviendas: Real Decreto 1363/1987, de 9 de octubre (Ref. BOE-A-1987-25182).
    • la disposición adicional 42: Orden de 7 de octubre de 1987 (Ref. BOE-A-1987-22834).
    • estableciendo las normas reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales: Orden de 8 de junio de 1987 (Ref. BOE-A-1987-14968).
    • el art. 23, dictando instrucciones en relación con el devengo de las pagas extraordinarias: Resolución de 3 de junio de 1987 (Ref. BOE-A-1987-13604).
  • SE DEROGA los arts. 28.3 y 4 y 30, por el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril (Ref. BOE-A-1987-12636).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con la disposición final 4, determinando las funciones de la Agencia Nacional de Tabaco y creando la "Compañía española de Tabaco en Rama, S.A.": Real Decreto 573/1987, de 10 de abril (Ref. BOE-A-1987-10509).
    • creando la Comisión Interministerial de Retribuciones: Real Decreto 469/1987, de 3 de abril de 1987 (Ref. BOE-A-1987-8814).
    • con el art. 73, estableciendo el procedimiento para la alteración de los proyectos contenidos en el Anexo de Inversiones Reales: Orden de 16 de marzo de 1987 (Ref. BOE-A-1987-7283).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 41, de 17 de febrero de 1987 (Ref. BOE-A-1987-4241).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con la disposición adicional 6, regulando el plan de empleo rural para 1987: Real Decreto 186/1987, de 6 de febrero (Ref. BOE-A-1987-3499).
    • sobre revalorización y complementos de pensiones de clases pasivas para el año 1988: Real Decreto 161/1987, de 30 de enero (Ref. BOE-A-1987-3276).
  • SE DESARROLLA con la disposición adicional 22, aprobando el Reglamento provisional para la aplicación del Impuesto sobre Alcohol y Bebidas derivadas a las mistelas y los vinos especiales: Real Decreto 154/1987, de 23 de enero (Ref. BOE-A-1987-2624).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, sobre reconocimiento inicial y revalorización de pensiones de la Mutualidad Nacional de previsión de la Administración local:REAL Decreto 141/1987, de 30 de enero (Ref. BOE-A-1987-2491).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • las disposiciones adicionales 28, 46 y 48 y PRORROGA para 1987 la disposición transitoria 3, de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1985-26831).
    • la Ley 4/1974, de 13 de febrero (Ref. BOE-A-1974-291).
    • lo indicado el Decreto 4293/1906, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-1965-106).
    • lo indicado la Ley por la que se reorganiza la Comisión Mixta del Papel de Fumar, de 1 de agosto de 1941 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1941-7903).
    • el art. 12 de la Ley de Presupuestos Generales para el año económico de 1909, de 28 de diciembre (Gazeta) (Ref. BOE-A-1908-9390).
  • MODIFICA:
    • los arts. 15.7, 24.2, 38.3 y 30.1 y lo indicado de los arts. 18, 27 y 33 de la Ley 45/1985, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1985-26681).
    • el art. 9.5 de la Ley 23/1982, de 16 de junio (Ref. BOE-A-1982-15230).
    • los arts. 29 y 34.1, para el ejercicio 1987, de la Ley 44/1978, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1978-31230).
    • los arts. 23, 24.5 y 26 de la Ley 61/1978, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1978-23326).
    • los arts. 63, 73, 95 y 110.2 de la Ley 11/1977, de 4 de enero (Ref. BOE-A-1977-466).
    • el arts. 2, 4 y 7 de la Ley 10/1975, de 12 de marzo (Ref. BOE-A-1975-5294).
    • los arts. 2.1 y 6 de la Ley 25/1971, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1971-795).
    • los arts. 31, 62, 63, 76, 77, 80, 81 y 95 de la Ley de Bases del Patrimonio del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 1022/1964, de 15 de abril (Ref. BOE-A-1964-6135).
    • los arts. 101 y 103 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1963-22706).
    • los arts. 48.2 y 53.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1954-15431).
    • el art. 6 de la Ley por la que se crea el Instituto Nacional de Industria, de 25 de septiembre de 1941 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1941-9547).
  • AÑADE:
    • el apartado h) al art. 29.1.1 de la Ley 30/1985, de 2 de agosto (Ref. BOE-A-1985-16765).
    • los apartados 3 y 4 al art. 1 de la Ley 40/1984, de 1 de diciembre (Ref. BOE-A-1984-26810).
  • PRORROGA:
    • la disposición transitoria 1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo (Ref. BOE-A-1986-6859).
    • para 1987 la disposición final 5 de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1984-28337).
    • para 1987, los capítulos III, IV y VI de la Ley 27/1984, de 26 de julio (Ref. BOE-A-1984-17004).
    • la disposición adicional 10 de la Ley 44/1983, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1983-34167).

Materias

  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Administración de Justicia
  • Administración Local
  • Administración Militar
  • Administración Turística Española
  • Administración y Contabilidad de la Hacienda Pública
  • Aduanas
  • Aeropuertos y aeródromos
  • Alcoholes
  • Arrendamientos urbanos
  • Asistencia social
  • Autopistas
  • Ayuntamientos
  • Bachillerato
  • Banco de España
  • Cabildos Insulares
  • Canarias
  • Carburantes y combustibles
  • Cédulas para inversiones
  • Centro de Gestión y Cooperación Tributaria
  • Centros de enseñanza
  • Ceuta
  • Circulación vial
  • Clases Pasivas Civiles
  • Clases Pasivas Militares
  • Comercio exterior
  • Comunidad Económica Europea
  • Comunidades Autónomas
  • Consejo de Administración del Patrimonio Nacional
  • Consejo de Estado
  • Consejo de Ministros
  • Consejo de Seguridad Nuclear
  • Consorcio de Compensación de Seguros
  • Contabilidad
  • Contratación de la Administración del Estado
  • Contratación de la Administración Institucional
  • Contratación de la Administración Militar
  • Contribución Territorial Rústica y Pecuaria
  • Contribución Territorial Urbana
  • Convenios colectivos
  • Cortes Generales
  • Crédito Oficial
  • Créditos
  • Cuerpo Nacional de Policía
  • Cuerpos Especiales de Funcionarios Técnicos del Estado al Servicio de la Sanidad Local
  • Curso de Orientación Universitaria
  • Desempleo
  • Deuda Pública
  • Diputaciones Provinciales
  • Dirección General del Tesoro y Política Financiera
  • Discapacidad
  • Doble imposición
  • Educación
  • Educación Especial
  • Educación General Básica
  • Educación Preescolar
  • Ejército de Tierra
  • Ejército del Aire
  • Empleo
  • Empresas
  • Enseñanza
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Especialidades y productos farmacéuticos
  • Exportaciones
  • Expropiación forzosa
  • Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
  • Familias numerosas
  • Fondo de Compensación Interterritorial
  • Fondo de Solidaridad para el Empleo
  • Formación profesional
  • Fuerzas Armadas
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Funcionarios Civiles de la Administración Militar
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Funcionarios de la Administración Local
  • Funcionarios de Organismos Autónomos
  • Fundaciones
  • Gas
  • Gastos públicos
  • Habilitados de Clases Pasivas
  • Hacienda Pública
  • Haciendas Locales
  • Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas derivadas
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos
  • Impuesto Especial sobre la Cerveza
  • Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
  • Incompatibilidades
  • Industrias
  • Instituciones sanitarias de la Seguridad Social
  • Instituto de Crédito Oficial
  • Instituto Nacional de Fomento de la Exportación
  • Instituto Nacional de Hidrocarburos
  • Instituto Nacional de Industria
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social
  • Instituto Nacional de Psicología Aplicada y Psicotecnia
  • Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario
  • Instituto Social de las Fuerzas Armadas
  • Intereses
  • Inversiones
  • Jefatura Central de Tráfico
  • Jubilación
  • Libros
  • Marina de Guerra
  • Melilla
  • Moneda
  • Montepíos
  • Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado
  • Mutualidad General Judicial
  • Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local
  • Mutualidades de Previsión Social
  • Mutualidades Laborales
  • Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo
  • Navarra
  • Obras
  • Oposiciones y concursos
  • Ordenación de gastos y pagos
  • Organismos autónomos
  • País Vasco
  • Papel
  • Patrimonio del Estado
  • Patrimonio Nacional
  • Pensiones
  • Personal Sanitario de la Seguridad Social
  • Plantillas
  • Presupuestos Generales del Estado
  • Profesorado
  • Radiodifusión
  • Radiotelevisión Española
  • Recaudación
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • Registro de la Propiedad Industrial
  • RENFE
  • Renta de Aduanas
  • Retribuciones
  • Salarios
  • Sanidad local
  • Seguridad Social
  • Seguros
  • Servicio Militar
  • Servicio Nacional del Cultivo y Fermentación del Tabaco
  • Sistema tributario
  • Sociedades de Garantía Recíproca
  • Sociedades públicas
  • Subvenciones
  • Suministros
  • Tasas y exacciones parafiscales
  • Televisión
  • Terrorismo
  • Títulos valores
  • Trabajadores
  • Trabajo
  • Tribunal de Cuentas del Reino
  • Tribunal Supremo
  • Universidades
  • Vehículos de motor
  • Vinos
  • Viviendas
  • Viviendas de Protección Oficial

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