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Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio, por el que se desarrolla, en materia de incapacidades laborales del sistema de la Seguridad Social, la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social.

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19/08/1995.
Entrada en vigor:
20/08/1995
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1995-19848
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1995/07/21/1300/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 21/07/1995
  • Fecha de publicación: 19/08/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 20/08/1995

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • con efectos desde el 1 de julio de 2024, la disposición adicional 1, por Real Decreto 505/2024, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2024-12121).
    • el art. 1.2 y SE AÑADE la disposición adicional 7, por Real Decreto 1152/2021, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-21657).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, sobre determinación de la contingencia causante en el ámbito de las prestaciones por incapacidad temporal, muerte y supervivencia: Resolución de 19 de septiembre de 2007 (Ref. BOE-A-2007-16726).
  • SE AÑADE una disposición adicional segunda bis, por Real Decreto 288/2003, de 7 de marzo (Ref. BOE-A-2003-5455).
  • SE DEROGA la disposición adicional sexta, por Real Decreto 1251/2001, de 16 de noviembre (Ref. BOE-A-2001-21491).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 2.1 Constituyendo equipo de Valoración de determinadas Direcciones Provinciales: Resolución de 21 de enero de 1998 (Ref. BOE-A-1998-2157).
    • con el art. 2.1, Constituyendo el equipo de Valoraciocn de Ceuta: Resolución de 22 de mayo de 1997 (Ref. BOE-A-1997-12034).
    • con el art. 2.1, Constituyendo un equipo de Valoración en Navarra: Resolución de 25 de marzo de 1997 (Ref. BOE-A-1997-7527).
    • sobre Dictamenes Medicos para el Reconocimiento de determinadas Prestaciones de Clases Pasivas :Orden de 22 de noviembre de 1996 (Ref. BOE-A-1996-26156).
    • Constituyendo equipo de Valoración de determinadas Direcciones Provinciales: Resolución de 22 de marzo de 1996 (Ref. BOE-A-1996-7519).
  • SE DESARROLLA por Orden de 18 de enero de 1996 (Ref. BOE-A-1996-1644).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • Constituyendo un segundo equipo de Valoración de Incapacidades: Resolución de 10 de octubre de 1995 (Ref. BOE-A-1995-23237).
    • Constituyendo equipo de Valoración en determinadas Direcciones Provinciales: Resolución de 20 de septiembre de 1995 (Ref. BOE-A-1995-21601).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • arts. 4, 5 y 6 del Real Decreto 1071/1984, de 23 de mayo (Ref. BOE-A-1984-12729).
    • los arts. 2, 3.1, 5.2, 6 y 9.2 y SUPRIME lo indicado del Real Decreto 2609/1982, de 24 de septiembre (Ref. BOE-A-1982-26953).
    • el art. 37 de la Orden de 15 de abril de 1969 (Ref. BOE-A-1969-575).
    • art. 18 del Reglamento aprobado por Decreto 3158/1966, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1966-21116).
  • DESARROLLA Ley General de la Seguridad social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1994-14960).
  • CITA:
    • Ley de procedimiento laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (Ref. BOE-A-1995-8758).
    • Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Ley 42/1994, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1994-28968).
    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).

Materias

  • Cotización a la Seguridad Social
  • Equipos de Valoración de Incapacidades
  • Incapacidades laborales
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social
  • Invalidez

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