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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Orden de 19 de noviembre de 1997 por la que se fijan las cuantías máxima y mínima a reintegrar a las empresas inscritas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, por los gastos que les ocasione la asistencia sanitaria de sus trabajadores en puertos extranjeros.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 28/11/1997.
Entrada en vigor:
29/11/1997
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1997-25341
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1997/11/19/(3)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/11/1997
  • Fecha de publicación: 28/11/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 29/11/1997

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el art. 2, por Orden TAS/1487/2006, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-2006-8641).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 6, de 7 de enero de 1998 (Ref. BOE-A-1998-204).

Referencias anteriores

Materias

  • Asistencia sanitaria
  • Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar

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