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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 02/12/1997
  • Fecha de publicación: 24/01/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 09/12/1997
  • Publicada en el BOC núm. 158, de 8 de diciembre de 1997.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE AÑADE las disposiciones adicionales 6 a 8, por Decreto-ley 5/2024, de 24 de junio (Ref. BOE-A-2024-23635).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 19, 21, 22 y SE SUPRIME el 20, por Ley 8/2023, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2024-10012).
    • los arts. 19 y 21 y SE SUPRIME los arts. 20 y 22, por Decreto-ley 8/2023, de 6 de noviembre (Ref. BOE-A-2024-4427).
  • SE DECLARA en la Cuestión 1913/2022, la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado del art. 6 bis. 4, con los efectos señalados en el fj 6, en la redacción dada por la Ley 2/2011, de 26 de enero, por Sentencia 133/2022, de 25 de octubre (Ref. BOE-A-2022-20177).
  • Cuestión 1914/2022 promovida por supuesta inconstitucionalidad del art. 6 bis.4, en la redacción dada por el art. 1 de la Ley 2/2011, de 26 de enero (Ref. BOE-A-2022-16280).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 6 bis, por Ley 5/2021, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-2543).
    • el art. 6 bis, por Decreto-ley 15/2020, de 10 de septiembre (Ref. BOC-j-2020-90372).
  • SE DECLARA:
    • en el Recurso 4244/2002, la inconstitucionalidad de la disposición adicional 5, en la redacción dada por el art. 16 de la Ley 2/2002, de 27 de marzo, por Sentencia 123/2013, de 23 de mayo (Ref. BOE-A-2013-6653).
    • en el Recurso 997/1998, inconstitucionales y nulos los arts. 2.11, 6, 11, 12.2, 13.b) y la pérdida del objeto en cuanto a la disposición transitoria 2, por Sentencia 18/2011, de 3 de marzo (Ref. BOE-A-2011-5704).
  • SE MODIFICA los arts. 6.bis y 9, por Ley 2/2011, de 26 de enero (Ref. BOE-A-2011-2710).
  • SE AÑADE un art. 6 bis, por Ley 8/2005, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-2102).
  • SE DECLARA, en el Recurso 4244/2002, el levantamiento de la suspensión de vigencia y aplicación de la disposición adicional 5, en la redacción dada por el art. 16 de la Ley 2/2002, de 27 de marzo, por Auto de 10 de diciembre de 2002 (Ref. BOE-A-2002-25045).
  • Recurso 4244/2002, planteado en relación con la disposición adicional 5, en la redacción dada por el art. 16 de la Ley 2/2002, de 27 de marzo (Ref. BOE-A-2002-15336).
  • SE MODIFICA:
  • SE DEROGA la disposición transitoria segunda, por Ley 2/2000, de 17 de julio (Ref. BOE-A-2000-15425).
  • SE DECLARA el mantenimiento de la suspensión de los arts. 2, apartados 3 y 11 y 9.7 y el levantamiento de la de los arts. 6, 11, 12, apartados 2 y 3 , 13.b) y disposición transitoria 2, por Auto de 14 de julio de 1998 (Ref. BOE-A-1998-17790).
  • Recurso 997/1998, planteado en relación con los arts. 2.3 y 11, 6, 9.7, 11, 12.2 y 3, 13.B) y la disposición transitoria 2 (Ref. BOE-A-1998-7074).

Referencias anteriores

Materias

  • Canarias
  • Distribución de energía
  • Energía eléctrica
  • Producción de energía
  • Suministro de energía
  • Transporte de energía

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