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Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables.

Publicado en:
«BOE» núm. 305, de 22/12/2021.
Entrada en vigor:
23/12/2021
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2021-21096
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2021/12/21/29/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 21/12/2021
  • Fecha de publicación: 22/12/2021
  • Fecha de entrada en vigor: 23/12/2021

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA:
    • la disposición adicional 5, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-26452).
    • la disposición adicional 1, por Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-22685).
    • la disposición adicional 5, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre (Ref. BOE-A-2022-17040).
    • con efectos desde el 1 de julio de 2022, las disposiciones adicionales 1 y 2, por Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio (Ref. BOE-A-2022-10557).
    • las disposiciones adicionales 1 y 2, por Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2022-4972).
  • SE PUBLICA Acuerdo de convalidación, por Resolución de 25 de enero de 2022 (Ref. BOE-A-2022-1420).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • de forma reiterada, con efectos desde el 8 de julio de 2022, la disposición adicional 4 de la Ley 5/2015, de 27 de abril (Ref. BOE-A-2015-4607).
    • de forma reiterada, con efectos desde el 8 de julio de 2022, el art. 34 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre (Ref. BOE-A-2013-10074).
    • de forma reiterada, con efectos desde el 8 de julio de 2022, la disposición adicional 1.2 del Real Decreto-ley 6/2013, de 22 de marzo (Ref. BOE-A-2013-3199).
    • de forma reiterada, con efectos desde el 8 de julio de 2022, el art. 13 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre (Ref. BOE-A-2002-22807).
    • de forma reiterada, con efectos desde el 8 de julio de 2022, la Ley 2/1981, de 25 de marzo (Ref. BOE-A-1981-8598).
  • MODIFICA:
    • el art. 34, las disposiciones adicionales 1, 2 y la final 10 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre (Ref. BOE-A-2021-17910).
    • la disposición adicional 3 y PRORROGA lo indicado del art. 1 del Real Decreto-ley 12/2021, de 24 de junio (Ref. BOE-A-2021-10584).
    • el art. 23 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-17278).
    • el art. 1 del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio (Ref. BOE-A-2020-6621).
    • los arts. 3 y 20 del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril (Ref. BOE-A-2019-5089).
    • la disposición adicional 23 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11724).
    • el art. 28.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre (Ref. BOE-A-2015-10439).
    • los arts. 34, 38, 40, 48, 64, 65, 66, 73 y la disposición adicional 23 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13645).
    • el art. 22 y la disposición adicional 16 de la Ley 14/2011, de 1 de junio (Ref. BOE-A-2011-9617).
    • los arts. 74, 88 y 103 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2004-4214).
    • los arts. 25 y 36 de la Ley 27/1999, de 16 de julio (Ref. BOE-A-1999-15681).
    • el art. 110 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre (Ref. BOE-A-1998-23284).
  • PRORROGA:
    • lo indicado del art. 1 del Real Decreto-ley 23/2021, de 26 de octubre (Ref. BOE-A-2021-17458).
    • lo indicado de la disposición adicional 6 del Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre (Ref. BOE-A-2021-14974).
    • lo indicado de la disposición adicional 1 del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril (Ref. BOE-A-2021-6872).
    • lo indicado del art. 7 del Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre (Ref. BOE-A-2020-14368).
    • lo indicado del art. 6.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre (Ref. BOE-A-2017-11505).

Materias

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