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Documento BOE-A-1979-7183

Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil por la que se delega en el Subdirector general y en los Primeros Jefes de Comandancia de dicho Cuerpo la expedición de documentación relacionada con armas y explosivos.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 10 de marzo de 1979, páginas 6126 a 6127 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1979-7183
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1979/02/23/(3)

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimo señor y señores:

En uso de las facultades conferidas por el número 5 del artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, previa aprobación del excelentísimo señor Ministro del Departamento,

Esta Dirección General ha tenido a bien disponer:

Primero.

Se delega en el Subdirector general de la Guardia Civil la expedición de los documentos relacionados con las funciones que en materia de armas y explosivos confiere a esta Dirección General el artículo cuarto del Real Decreto 1316/1977, de 2 de junio, y Orden de este Ministerio de 28 de noviembre del mismo año, con la excepción a que se refiere el apartado segundo.

Segundo.

Se delega en los Primeros Jefes de Comandancia de la Guardia Civil la expedición de las licencias de armas solicitadas por personas pertenecientes a Organismos y Entidades que en el desempeño de su función tengan reconocido por disposiciones vigentes el carácter de Agentes de la autoridad (funcionarios de Instituciones Penitenciarias, Policía Municipal, Guardería Forestal y Piscícola, Vigilantes Jurados de Seguridad, Guardas Jurados en general, Vigilantes nocturnos, etc.), dando a cada cuerpo del impreso timbrado de la licencia el destino reglamentario, con la facultad de consultar a esta Dirección General, previamente a la concesión de la licencia, los casos concretos que aparezcan dudosos.

Tercero.

En todo momento, esta Dirección General podrá recabar el conocimiento y resolución de los asuntos y expedientes objeto de delegación, cualquiera que sea el estado de su tramitación.

Cuarto.

El ejercicio de las atribuciones delegadas en virtud de esta Resolución se ajustará a lo dispuesto en los artículos 22, 32.2 y 36.3 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, y 93.4 y 118 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Quinto.

Queda derogada la Resolución de esta Dirección General de fecha 18 de febrero de 1978, publicada con el número 6317 en el «Boletín Oficial del Estado» número 54, de 4 de marzo siguiente.

Sexto.

La presente Resolución comenzará a regir al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que digo a V. E. y a VV. SS.

Dios guarde a V. E. y a VV. SS.

Madrid, 23 de febrero de 1979.–El Teniente General, Director general, Carlos Oliete Sánchez.

Excmo. Sr. Subdirector general de la Guardia Civil y Sres. Primeros Jefes de Comandancia de la Guardia Civil.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/02/1979
  • Fecha de publicación: 10/03/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 11/03/1979
  • Fecha de derogación: 05/02/1992
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 18 de febrero de 1978 (Ref. BOE-A-1978-6317).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22 de la Ley de Régimen Juridíco de la Administración del Estado de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
  • DECLARA la Expedición de los Documentos Relacionados con las funciones del art. 4 del Real Decreto 1316/1977, de 2 de junio (Ref. BOE-A-1977-13819).
  • CITA:
Materias
  • Armas
  • Cuerpo de la Guardia Civil
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de la Guardia Civil
  • Explosivos
  • Ministerio del Interior

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