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Documento BOE-A-1986-4570

Orden de 11 de febrero de 1986 sobre nuevo régimen de explotación de aparatos surtidores y unidades de suministros.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 1986, páginas 6658 a 6658 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1986-4570
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/02/11/(2)

TEXTO ORIGINAL

ILUSTRISIMO SEÑOR:

LA ACTUAL REGULACION SOBRE EL NOMBRAMIENTO Y REGIMEN JURIDICO DE AGENTES DE APARATOS SURTIDORES DE GASOLINA, GASOLEOS Y QUEROSENOS DEL MONOPOLIO DE PETROLEOS SE ENCUENTRA CONTENIDA EN LAS ORDENES DE 16 DE OCTUBRE DE 1979 Y DE 3 DE JULIO DE 1980, EN LAS CUALES SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE SELECCION ENTRE LOS SOLICITANTES DE TALES AGENCIAS, LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MISMOS, EL REGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y LAS CAUSAS DE EXTINCION DE LOS NOMBRAMIENTOS. ESTA REGULACION SE ESTABLECIO SOBRE LA BASE DE QUE LA PROPIEDAD DE LAS INSTALACIONES PERTENECIA AL MONOPOLIO DE PETROLEOS.

EN LA ACTUALIDAD Y COMO CONSECUENCIA DE LA PROMULGACION DE LA LEY 45/1984, DE 17 DE DICIEMBRE, DE REORDENACION DEL SECTOR PETROLERO, QUE HA INTRODUCIDO IMPORTANTES MODIFICACIONES EN EL REGIMEN JURIDICO DEL MONOPOLIO, EL GOBIERNO, HACIENDO USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL ARTICULO 1. DE LA LEY, PROCEDIO A LA TRANSMISION A LA <COMPAÑIA ARRENDATARIA DEL MONOPOLIO DE PETROLEOS, SOCIEDAD ANONIMA>, DE LA TOTALIDAD DE LOS BIENES Y DERECHOS DE QUE ERA TITULAR EL ESTADO Y ESTABAN AFECTADOS A DICHO MONOPOLIO. ENTRE ELLOS FUERON TRANSMITIDAS TODAS LAS INSTALACIONES DE APARATOS SURTIDORES Y UNIDADES DE SUMINISTRO. ESTA SITUACION ACONSEJA PROCEDER A UNA DIFERENTE REGLAMENTACION DEL NOMBRAMIENTO DE LOS NUEVOS TITULARES, PARA LO CUAL,NECESARIAMENTE, HABRA DE DEJARSE UN AMPLIO MARGEN DE ACTUACION A LA COMPAÑIA ADMINISTRADORA. ELLO SIN PERJUICIO DE QUE EL CONTRATO DE EXPLOTACION QUE SE SUSCRIBA ENTRE LA COMPAÑIA Y LA PERSONA QUE LLEVARA A CABO LA MISMA, SEA AUTORIZADO ADMINISTRATIVAMENTE, HABIDA CUENTA DEL CARACTER MONOPOLIZADO DE LOS PRODUCTOS QUE SERAN SUMINISTRADOS.

EN SU VIRTUD Y A PROPUESTA DE LA DELEGACION DEL GOBIERNO EN CAMPSA, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:

PRIMERO. LA EXPLOTACION DE LOS APARATOS SURTIDORES Y UNIDADES DE SUMINISTRO PROPIEDAD DE LA <COMPAÑIA ARRENDATARIA DEL MONOPOLIO DE PETROLEOS, SOCIEDAD ANONIMA> (CAMPSA), TANTO LOS DE NUEVA CONSTRUCCION COMO LOS QUE PUDIERAN QUEDAR VACANTES EN LO SUCESIVO, CON ARREGLO A LA NORMATIVA VIGENTE, SE LLEVARA A CABO MEDIANTE LIBRE CONTRATACION ENTRE DICHA COMPAÑIA Y LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE ESTA DESIGNE, EN EL CASO DE QUE LA MISMA NO DECIDA SU EXPLOTACION DIRECTA.

SEGUNDO. LOS REFERIDOS CONTRATOS, PARA SU VALIDEZ Y EFICACIA, DEBERAN SER DOS POR LA DELEGACION DEL GOBIERNO EN CAMPSA. IGUAL APROBACION REQUERIRA LA DETERMINACION DEL EMPLAZAMIENTO DE LA INSTALACION.

TERCERO. SERA DE APLICACION A LAS PERSONAS FISICAS O JURIDICAS QUE EXPLOTEN ESTAS INSTALACIONES, POR CUENTA DE CAMPSA, LA REGLAMENTACION SOBRE INFRACCIONES Y SANCIONES VIGENTE PARA LAS ESTACIONES DE SERVICIO.

CUARTO. LOS ACTUALES TITULARES DE APARATOS SURTIDORES SEGUIRAN RIGIENDOSE POR LA NORMATIVA CONTENIDA EN LAS ORDENES DE 16 DE OCTUBRE DE 1979 Y DE 3 DE JULIO DE 1980.

QUINTO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL SIGUIENTE DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

LO QUE DIGO A V. I.

MADRID, 11 DE FEBRERO DE 1986.

SOLCHAGA CATALANILMO. SR. DELEGADO DEL GOBIERNO EN CAMPSA.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/02/1986
  • Fecha de publicación: 20/02/1986
  • Fecha de entrada en vigor: 21/02/1986
  • Fecha de derogación: 13/01/1993
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • CAMPSA
  • Carburantes y combustibles
  • Monopolio de petróleos
  • Productos petrolíferos
  • Surtidores de combustible

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