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Documento DOE-e-2026-90205

Ley 2/2026, de 3 de agosto, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.

Publicado en:
«DOE» núm. 149, de 4 de agosto de 2026, páginas 32403 a 33367 (965 págs.)
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
DOE-e-2026-90205

TEXTO ORIGINAL

Texto no disponible. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 03/08/2026
  • Fecha de publicación: 04/08/2026
  • Fecha de entrada en vigor: 05/08/2026
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada en la disposición final 7, el 5 de agosto de 2026.
Referencias anteriores
  • DEROGA:
    • en cuanto se oponga, y las disposiciones adicionales 15 y 16 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero (Ref. BOE-A-2024-3213).
    • los arts. 40 bis y 50 bis, MODIFICA y AÑADE, con los efectos indicados, determinados preceptos al texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2018, de 10 de abril (Ref. BOE-A-2018-8159).
  • MODIFICA:
    • el art. 42.3 de la Ley 2/2012, de 28 de junio (Ref. BOE-A-2012-9283).
    • el art. 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-2011-6649).
    • el art. 69.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril (Ref. BOE-A-2007-10666).
    • con efectos desde el 1 de enero de 2026, lo indicado del anexo de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-2416).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 40.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero (Ref. BOE-A-2011-1638).
Materias
  • Cesión de Tributos
  • Extremadura
  • Haciendas de las Comunidades Autónomas
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas
  • Subvenciones
  • Tasas

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