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Documento DOGV-r-2026-90213

Ley 5/2026, de 31 de julio, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.

Publicado en:
«DOGV» núm. 10425, de 10 de agosto de 2026, páginas 1 a 125 (125 págs.)
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
DOGV-r-2026-90213

TEXTO ORIGINAL

Texto no disponible. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 31/07/2026
  • Fecha de publicación: 10/08/2026
  • Fecha de entrada en vigor: 11/08/2026
Referencias anteriores
  • DEROGA:
    • la disposición transitoria 2 y MODIFICA la disposición final 4 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-2025-11959).
    • el art. 14 y MODIFICA los arts. 24, 25 y 38 de la Ley 23/2018, de 29 de noviembre (Ref. BOE-A-2019-281).
    • MODIFICA y AÑADE determinados preceptos a la Ley 20/2017, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-1870).
    • la disposición adicional 3, MODIFICA los arts. 2, 11, 21 a 23 y AÑADE la disposición transitoria a la Ley 2/2017, de 3 de febrero (Ref. BOE-A-2017-2421).
    • el art. 17 y MODIFICA el art. 44 de la Ley 15/2008, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-442).
  • MODIFICA:
    • el art. 2 de la Ley 2/2025, de 15 de abril (Ref. BOE-A-2025-9743).
    • el art. 46 y la disposición adicional 5 de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-2025-1).
    • los arts. 31, 31 y AÑADE la disposición adicional 9 a la Ley 5/2022, de 29 de noviembre (Ref. BOE-A-2023-3348).
    • las disposiciones adicionales 1 y 5 de la Ley 2/2022, de 22 de julio (Ref. BOE-A-2022-13726).
    • y AÑADE determinados preceptos al texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio (Ref. DOGV-r-2021-90283).
    • los arts. 3 y 21 bis del Decreto-ley 14/2020, de 7 de agosto (Ref. DOGV-r-2020-90356).
    • el art. 32 de la Ley 21/2018, de 16 de octubre (Ref. BOE-A-2018-16341).
    • los arts. 67, 89, 109 y 122 del texto refundido aprobado por Decreto Legislativo 2/2015, de 15 de mayo (Ref. DOGV-r-2015-90416).
    • el art. 2 del texto refundido aprobado Decreto Legislativo 1/2015, de 10 de abril (Ref. DOGV-r-2015-90387).
    • los arts. 40, 101, 106, 142, 164, 165 y 168 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero (Ref. BOE-A-2015-1952).
    • la disposición transitoria 4 de la Ley 6/2014, de 25 de julio (Ref. BOE-A-2014-9626).
    • los arts. 93, 102 y AÑADE el art. 19 bis a la Ley 6/2011, de 1 de abril (Ref. BOE-A-2011-7330).
    • el art. 57 de la Ley 8/2004, de 20 de octubre (Ref. BOE-A-2004-19752).
    • los arts. 8, 10, 10 bis, 13, 14 y, con los efectos indicados, los arts. 2 y 12 bis de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1998-8202).
    • los arts. 35, 43, 45 y 48 de la Ley 2/1992, de 26 de marzo (Ref. BOE-A-1992-12147).
  • AÑADE la disposición adicional 3 a la Ley 2/2011, de 22 de marzo (Ref. BOE-A-2011-6874).
Materias
  • Administración Local
  • Aguas residuales
  • Asistencia farmacéutica
  • Asociaciones
  • Catástrofes
  • Cesión de Tributos
  • Circulación vial
  • Comedores escolares
  • Comercio
  • Comunidad Valenciana
  • Consumidores y usuarios
  • Cooperativas
  • Cultura
  • Deporte
  • Discapacidad
  • Educación
  • Espectáculos
  • Explotaciones agrarias
  • Función Pública
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Ganadería
  • Gestión de residuos
  • Haciendas de las Comunidades Autónomas
  • Igualdad de oportunidades
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Inmigración
  • Inundaciones
  • Mecenazgo
  • Mediación
  • Menores
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Producción de energía
  • Protección Civil
  • Salud
  • Sanidad veterinaria
  • Servicios Sociales de las Comunidades Autónomas
  • Tasas
  • Telecomunicaciones
  • Turismo
  • Urbanismo
  • Viviendas

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