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Documento DOUE-L-2002-81107

Decisión de la Comisión, de 4 de junio de 2002, por la que se establece la lista de las unidades de la red informatizada ANIMO y se deroga la Decisión 2000/287/CE [notificada con el número C(2002) 2026].

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 159, de 17 de junio de 2002, páginas 27 a 50 (24 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-81107

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 20,

Considerando lo siguiente:

(1) Para asegurar el funcionamiento de la red informatizada ANIMO, es preciso identificar las unidades a las que se refiere el artículo 1 de la Decisión 91/398/CEE de la Comisión (3) y actualizar su lista.

(2) A petición de los Países Bajos, el Reino Unido, Francia, Dinamarca, Alemania, España, Irlanda, Portugal, Austria y Suecia, procede modificar la lista de las unidades ANIMO de la Decisión 2000/287/CE de la Comisión (4) en lo que atañe a las unidades locales y a los puestos de inspección fronterizos.

(3) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la cadena alimentaria y de sanidad animal.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el anexo de la presente Decisión se establecen la lista y la identidad de las unidades a las que se refiere el artículo 1 de la Decisión 91/398/CEE.

Article 2

Queda derogada la Decisión 2000/287/CE. Toda referencia a ella se entenderá hecha a la presente Decisión.

Artículo 3

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 4 de junio de 2002.

Por la Comisión

David Byrne

Miembro de la Comisión

_______________

(1) DO L 224 de 18.8.1990, p. 29.

(2) DO L 62 de 15.3.1993, p. 49.

(3) DO L 221 de 9.8.1991, p. 30.

(4) DO L 98 de 19.4.2000, p. 12.

ANEXO/BILAG/ANHANG TEXTO EN GRIEGO ANNEX/ANNEXE/ALLEGATO/BIJLAGE

LISTA E IDENTIFICACIÓN DE LAS UNIDADES/LISTE OG ANGIVELSE AF ENHEDER/VERZEICHNIS UND IDENTIFIKATION DER EINHEITEN TEXTO EN GRIEGO LIST AND IDENTITY OF THE UNITS/LISTE ET IDENTITÉ DES UNITÉS/ELENCO E IDENTIFICAZIONE DELLE UNITÀ/LIJST EN IDENTIFICATIEGEGEVENS VAN DE EENHEDEN/LISTA E IDENTIFICAÇÃO DAS UNIDADES/LUETTELO YKSIKÖISTÄ JA NIIDEN SIJAINTIPAIKOISTA/LISTA OCH ENHETSIDENTITET

TABLA OMITIDA EN PÁGINAS 28 A 50

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 04/06/2002
  • Fecha de publicación: 17/06/2002
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Aduanas
  • Cooperación técnica
  • Información
  • Redes de telecomunicación
  • Sanidad veterinaria

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