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Documento BOE-A-1975-19634

Orden de 10 de septiembre de 1975 sobre regulación del procedimiento y condiciones para conceder ayudas para inversiones con destino a fomentar la comercialización por cooperativas del campo.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 20 de septiembre de 1975, páginas 19962 a 19962 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1975-19634

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

El III Plan de Desarrollo Económico y Social prevé para el cuatrienio de su vigencia un programa para inversiones con destino a fomentar la comercialización por cooperativas del campo.

Para hacer posible las actuaciones del Instituto de Reforma de las Estructuras Comerciales, previstas en el campo de la comercialización por Decreto-ley 13/1973, de 30 de noviembre, y Decreto 3067/1973, de 7 de diciembre, figura en el programa 0.13 del vigente presupuesto del mencionado Instituto una consignación de 25 millones de pesetas, bajo el epígrafe de: «Ayudas para inversiones con destino a fomentar la comercialización por cooperativas del campo».

Este programa se dirige principalmente a estimular las inversiones de las cooperativas del campo destinadas a la comercialización de productos, y sus principales beneficios será obtener una mayor transparencia del mercado, el fomento de la calidad y finalmente la interrelación de los productores cooperativos en los procesos de comercialización.

Para su puesta en marcha e instrumentación, este Ministerio, cumplido el artículo 22 de la vigente Ley de Presupuestos de 1975, ha tenido a bien disponer:

1.° Por el Instituto de Reforma de las Estructuras Comerciales se convocará un concurso público para la concesión de subvenciones, hasta un total de 25 millones de pesetas, en favor de las Sociedades cooperativas del campo.

2.° La convocatoria del expresado concurso señalará los requisitos subjetivos de las Sociedades cooperativas del campo que pretendan obtener tales subvenciones y las finalidades en las que necesariamente habrá de utilizarse ésta. Unas y otras deberán ser acreditadas por los peticionarios en la forma que dicha convocatoria determine. Igualmente se señalarán los plazos para presentar las peticiones.

Las ayudas se solicitarán para inversiones consistentes en la adquisición de equipos para clasificación, dosificación, acondicionamiento, envasado, embalaje, etiquetado y presentación de productos en general, almacenamiento y expedición de mercancías que faciliten la comercialización directa de los productos al consumidor.

3.° Recibidas en tiempo y forma las solicitudes, el Instituto de Reforma de las Estructuras Comerciales, a la vista de lo aportado y previas las comprobaciones e informes que estime necesarios, en cada caso o con carácter general, resolverá de forma individual, respecto de cada una de las peticiones formuladas, en el sentido de no haber lugar a conceder ayuda u otorgar ésta en la cuantía solicitada o inferior. La denegación o concesión se hará en forma discrecional, atendiendo a los objetivos que se estimen más importantes y las seguridades que se ofrezcan para su cumplimiento. El importe de cada ayuda individual no podrá ser superior al 30 por 100 de la inversión a realizar ni exceder de 750.000 pesetas.

4.° El pago de las subvenciones otorgadas estará condicionado a la justificación de haberse realizado las inversiones para las que se solicitara.

La Administración se reserva el derecho de realizar las inspecciones comprobatorias que estime oportunas.

5.° Por el Instituto de Reforma de las Estructuras Comerciales se adoptarán las medidas necesarias para la ejecución de la presente Orden.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 10 de septiembre de 1975.

CERÓN

Ilmos. Sres. Subsecretario de Comercio y Director general del Instituto de Reforma de las Estructuras Comerciales, IRESCO.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 10/09/1975
  • Fecha de publicación: 20/09/1975
Referencias anteriores
Materias
  • Cooperativas del campo
  • Inversiones
  • Subvenciones

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