Ilustrísimo señor:
El artículo 113 de la Ley General Tributaria y el artículo sexto del Decreto-ley 8/1966, de 3 de octubre, autorizan al Ministro de Hacienda para publicar relaciones de bases y cuotas de contribuyentes por los distintos impuestos.
En su virtud, como en años anteriores y en uso de las autorizaciones citadas.
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
Se hacen públicas las relaciones completas de las declaraciones formuladas por los contribuyentes en el año 1974, correspondientes al ejercicio de 1973, por el Impuesto General sobre la Renta de las Personas Físicas.
Dichas relaciones contienen los siguientes datos: Apellidos y nombre, provincia, ingresos declarados, gastos deducibles y base imponible.
Las relaciones a que se refiere el apartado anterior estarán a disposición de cuantas personas deseen consultarlas, a partir del día 1.º de mayo de 1975, en las Oficinas de Información de este Ministerio, por lo que se refiere a la totalidad de los contribuyentes que han presentado declaración, y de cada una de las Delegaciones de Hacienda, en cuanto a los contribuyentes con domicilio fiscal en el territorio de su respectiva competencia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo octavo de la Ley de Propiedad Intelectual, queda prohibida la publicación o reproducción total o parcial de las citadas relaciones, así como de cualquier referencia a su contenido, respecto de las personas nominalmente designadas en las mismas.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 18 de abril de 1975.
CABELLO DE ALBA Y GRACIA
Ilmo. Sr. Director general de Tributos.
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