Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 186, de fecha 5 de agosto de 1981, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 17902, columna primera, artículo 33, número 2.°, donde dice: «... Impuestos sobre Actividades y Beneficios Comerciales o Industriales», debe decir: «... Impuesto sobre Actividades Profesionales y de Artistas».
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