EL REAL DECRETO 275/1984, DE 11 DE ENERO, SOBRE REESTRUCTURACION Y RECONVERSION DEL VIÑEDO, ESTABLECE EN SU ARTICULO 1. QUE EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION PROMOVERA, EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, LA APLICACION DE UN PLAN A DESARROLLAR INICIALMENTE EN EL PERIODO 1984-1986.
EL CITADO REAL DECRETO, EN SU ARTICULO 2.,3. Y 4., SEÑALA EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA ESTABLECER LOS PLANES CONCRETOS DE ACTUACION, Y EN SU ARTICULO 5.FACULTA AL DEPARTAMENTO PARA FIJAR LAS AYUDAS QUE, CON CARGO A LAS DOTACIONES PRESUPUESTARIAS CORRESPONDIENTES, PODRAN CONCEDERSE A LOS EMPRESARIOS AGRARIOS QUE LLEVEN A CABO LA REESTRUCTURACION Y RECONVERSION DE SUS VIÑEDOS.
HABIENDOSE PROPUESTO POR EL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES, DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA LA APLICACION DEL PLAN A TODO EL AMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD FORAL, Y SIENDO DICHA PROPUESTA CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES REQUERIDAS PARA SU APROBACION, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIENDISPONER:
PRIMERO.- A PROPUESTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA SE DECLARA ZONA DE APLICACION DEL PLAN DE REESTRUCTURACION Y RECONVERSACION DEL VIÑEDO EL AMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 4., 1 DEL REAL DECRETO 275/1984, DE 11 DE ENERO.
PARA LA APLICACION DE RECONVERSION SE EXCLUYEN LAS LOCALIDADES AMPARADAS POR LASDENOMINACIONES DE ORIGEN "RIOJA" Y "NAVARRA"
SEGUNDO.- EL PLAN SE APLICARA POR LA DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, CON CARACTER EXPERIMENTAL, Y TENDRA COMO OBJETIVO EN EL PERIODO 1985/1986 LA REESTRUCTURACION DE 54O HECTAREAS, Y LARECONVERSION DE 30 HECTAREAS, EN LAS ZONAS VITICOLAS DE NAVARRA.
TERCERO.-1. LOS EMPRESARIOS AGRARIOS QUE LLEVEN A CABO LA REESTRUCTURACION DE SUS VIÑEDOS PODRAN OPTAR A UNA AYUDA EN FORMA DE SUBVENCION DE HASTA EL 30 POR 100 DE LAS INVERSIONES NECESARIAS PARA LLEVAR A CABO LA IMPLANTACION DEL NUEVO VIÑEDO, O DE SUS TRANSFORMACION POR CAMBIO DE VARIEDAD, QUE PERCIBIRAN, EN SU CASO, UNA VEZ COMPROBADO EL ARRANQUE DE LA PLANTACION O LA TRANSFORMACION ALUDIDA.
2. LOS EMPRESARIOS AGRARIOS QUE LLEVEN A CABO LA RECONVERSION DE SUS VIÑEDOS, DEDICANDO SUS TIERRAS A OTROS CULTIVOS O APROVECHAMIENTOS, PODRAN OPTAR A UNA AYUDA, EN FORMA DE SUBVENCION, COMO INDEMNIZACION POR LE ARRANQUE, QUE PERCIBIRAN UNA VEZ COMPROBADO EL MISMO.
3. LAS AYUDAS A CONCEDER, EN CADA CASO, REQUERIRAN LA PREVIA APROBACION DE LOS CORRESPONDIENTE PRESUPUESTOS DE GASTOS POR PARTE DE LOS ORGANISMOS COMPETENTES DE LA COMUNIDAD FORAL, ENCARGADOS DE LA APLICACION DEL PLAN. TALES AYUDAS SERAN COMPATIBLES CON LAS QUE, PARA LA MISMA FINALIDAD, PUEDA CONCEDER LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA.
4. LOS VITICULTORES QUE DESEEN ACOGERSE A LAS AYUDAS ANTERIORMENTE INDICADAS VENDRAN OBLIGADOS A SUSCRIBIR EL CORRESPONDIENTE COMPROMISO CON LOS ORGANISMOS COMPETENTES DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, POR EL QUE QUEDE GARANTIZADA LA REALIZACION DE LA REFERIDA PROPUESTA. CUARTO.- SERA REQUISITO IMPRESCINDIBLE, PARA PERCIBIR LAS AYUDAS INDICADAS, EL CUMPLIMIENTO ESTRICTO DE LAS CONDICIONES TECNICAS Y ADMINISTRATIVAS QUE SE FIJENEN LA PROPUESTA DE APLICACION DEL PLAN.
AL SUSCRIBIRSE EL COMPROMISO CON LOS ORGANISMOS COMPETENTES DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA DEBERA FORMALIZARSE ESPECIFICAMENTE POR LOS EMPRESARIOS AGRARIOS BENEFICIARIOS LA PERDIDA DEL DERECHO DE REPLANTACION O SUSTITUCION DE LOS VIÑEDOS QUE SEAN OBJETO DE RECONVERSION.
QUINTO.- LAS SUBVENCIONES PARA LA REESTRUCTURACION Y RECONVERSION DE LOS VIÑEDOSSERAN FINANCIADAS CON CARGO A LAS CORRESPONDIENTES PARTIDAS PRESUPUESTARIAS DE LA DIRECCION GENERAL DE LA PRODUCCION AGRARIA, EN CADA EJERCICIO ECONOMICO, LA APLICACION, GESTION Y REQUISITOS ESTABLECIDOS, REMITIENDO AL MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACION LA INFORMACION RELATIVA A DICHA GESTION.
SEXTO.- LAS BODEGAS QUE SE ACOJAN A LOS BENEFICIOS PREVISTO EN LA ORDEN DE ESTE DEPARTAMENTO, DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1983, POR MEDIOS DE ELABORACION DE VINOS Y MOSTOS, Y QUE CUMPLAN LAS CONDICIONES TECNICAS QUE EN ELLA SE ESPECIFICAN, RECIBIRAN LOS BENEFICIOS SEÑALADOS EN DICHA ORDEN, EN LA CUANTIA MAXIMA QUE LA MISMA DISPONE.
SEPTIMO.- CON OBJETO DE FOMENTAR LA CREACION DE EMPLEO EN LA ZONA QUE AHORA SE DECLARA SUJETA AL PLAN DE REESTRUCTURACION Y RECONVERSION DEL VIÑEDO, LOS EMPRESARIOS, SEAN O NO VITICULTORES, QUE QUIERAN EMPRENDER NUEVAS ACTIVIDADES AGRARIAS EN LA ZONA, O AMPLIAR LAS EXISTENTES, TENDRAN ACCESO PREFERENTE, PRECIOINFORME DE LA COMUNIDAD FORAL:
A LAS AYUDAS Y BENEFICIOS QUE SE CONCEDAN POR LA DIRECCION GENERAL DE LA PRODUCCION AGRARIA PARA LA ORDENACION Y EL FOMENTO DE LAS PRODUCCIONES VEGETALESY ANIMALES Y DE LOS MEDIOS DE PRODUCCION.
A LAS AYUDAS Y BENEFICIOS QUE CONCEDA EL INSTITUTO DE REFORMA Y DESARROLLO AGRARIO PARA LA MODERNIZACION DE EXPLOTACIONES.
A LAS AYUDAS QUE OTORGUE LA DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIAS Y AGRARIAS Y ALIMENTARIAS EN LAS ZONAS DE PREFERENTE LOCALIZACION INDUSTRIAL Y AGRARIA.
AL CREDITO OFICIAL EN LAS CONDICIONES DE FINANCIACION MAS VENTAJOSAS.
OCTAVO.- PARA EL MEJOR LOGRO DE LOS OBJETIVOS, PREVISTOS EN LA PRESENTE DISPOSICION ENTRE LA DIRECCION GENERAL DE LA PRODUCCION AGRARIA Y EL DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y MONTES DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA, SE ESTABLECERAN LOS MECANISMO DE INFORMACION QUE SE PRECISEN.
NOVENO.- LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".
MADRID, 20 DE AGOSTO DE 1985.- ROMERO HERRERA.
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