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Por Decreto del Consejo de Gobierno de la Generalidad Valenciana número 41/1993, de 22 de marzo, se aprobó la segregación de una parte del término municipal de Albatera, para constituirse como municipio independiente con la denominación de San Isidro.
El artículo 99 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, dispone que en cada municipio donde no exista Juzgado de Primera Instancia e Instrucción habrá un Juzgado de Paz,
En su virtud dispongo:
Artículo único.-El Juzgado de Paz del nuevo municipio de San Isidro (Alicante) con sede y jurisdicción en el término municipal correspondiente, entrará en funcionamiento el día 1 de octubre de 1993.
Madrid, 3 de septiembre de 1993.
BELLOCH JULBE
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
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