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Documento BOE-A-1994-20935

Resolución de 7 de septiembre de 1994, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se dan orientaciones para el desarrollo de la educación en valores en las actividades educativas de los centros docentes.

Publicado en:
«BOE» núm. 228, de 23 de septiembre de 1994, páginas 29262 a 29265 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1994-20935
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1994/09/07/(5)

TEXTO ORIGINAL

El sistema educativo tiene entre sus finalidades proporcionar a los niños y jóvenes una formación que favorezca todos los aspectos de su desarrollo, y que no puede considerarse completa y de calidad si no incluye la conformación de un conjunto de valores que no siempre se adquieren de manera espontánea. Algunos de estos valores, englobados en el ámbito de la educación moral, se refieren a las actitudes personales ante los problemas básicos de la convivencia. Problemas cuya evolución reciente ha ido generando la necesidad de que los ciudadanos adopten principios y desarrollen hábitos en ámbitos, hasta hace poco, ajenos a los contenidos escolares, y sobre los que es preciso que los alumnos de las distintas etapas educativas tengan la ocasión de reflexionar. Se trata, en definitiva, de abordar un conjunto de cuestiones que contribuyen a proporcionar una verdadera educación y a adecuar la enseñanza a las exigencias de nuestro tiempo.

De acuerdo con estos criterios, y atendiendo a los principios contenidos en la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo, se han ido delimitando un conjunto de temas que recogen los contenidos educativos relacionados con cada uno de esos ámbitos que, junto a la educación moral y cívica, son: La educación para la paz, la educación para la igualdad de oportunidades entre los sexos, la educación ambiental, la educación sexual, la educación para la salud, la educación del consumidor y la educación vial. Estos temas llamados transversales porque no corresponden de modo exclusivo a una única área educativa, sino que están presentes de manera global en los objetivos y contenidos de todas ellas, deben, por ello, ser responsabilidad del profesorado y, por extensión, de toda la comunidad educativa.

La gran importancia de estos temas contrasta, sin embargo, con su escasa tradición en el sistema educativo, tanto en la normativa como en el quehacer diario de los centros docentes, que dificulta su presencia efectiva en las aulas, aun cuando en los últimos años han ido creciendo las iniciativas de centros y de profesores en relación con algunos de estos temas. Es necesario, por consiguiente, un esfuerzo de todos para garantizar que la formación que recibe el alumnado de las diferentes etapas, y principalmente las que contienen elementos de formación general, incluya en suficiente medida enseñanzas relacionadas con estos temas.

Los Reales Decretos 1333/1991, 1344/1991 y 1345/1991, por los que se establece, respectivamente, el currículo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, señalan la necesidad de tener en cuenta los temas transversales en la programación de las enseñanzas y en la práctica docente.

El desarrollo de estos Reales Decretos y, principalmente, los Reglamentos Orgánicos de los Colegios de Educación Infantil y Primaria y de los Institutos de Secundaria, aprobados mediante los Reales Decretos 819/1993 y 929/1993 respectivamente, señalan que en los proyectos curriculares deben recogerse orientaciones sobre la inclusión de estos temas en el currículo.

Pero la importancia de los temas transversales aconseja que su introducción no se restrinja únicamente a las nuevas enseñanzas. Parece conveniente, por el contrario, incluirlos de la misma manera en las programaciones de las materias del ciclo superior de la Educación General Básica, el Bachillerato Unificado y Polivalente y la Formación Profesional.

Tanto en el caso de las nuevas etapas como en el de los niveles educativos de la anterior ordenación que aún siguen vigentes, los temas transversales deben contemplarse en la programación de la enseñanza, en la práctica docente, en la organización y funcionamiento de los centros educativos y en la programación de sus actividades complementarias.

Por todo ello, esta Secretaría de Estado ha resuelto:

1. El desarrollo de actitudes y hábitos en los alumnos en las diferentes etapas educativas se hará tomando en consideración un conjunto de temas relacionados con los diferentes aspectos generales o particulares de su vida personal y social. Estos temas son la educación moral y cívica, la educación para la paz, la educación para la igualdad de oportunidades entre los sexos, la educación ambiental, la educación sexual, la educación para la salud, la educación del consumidor y la educación vial. El carácter transversal de estos temas aconseja que sea el propio centro educativo el que, por medio de todos sus profesores, se ocupe de hacer efectiva su presencia en las enseñanzas que en él se imparten.

2. La educación moral y cívica es el fundamento primero de la formación que proporcionan los centros educativos, constituye el eje de referencia en torno al que giran el resto de los temas transversales y está implícita en todas las áreas y materias del currículo. Por ello, el centro educativo como institución se responsabilizará de la formación moral y cívica de todos sus alumnos y alumnas, que quedará reflejada en sus normas de funcionamiento, en la programación de las enseñanzas y en las actuaciones de todos los miembros de la comunidad escolar.

3. El tratamiento que en un centro docente se dé a los temas transversales está íntimamente ligado con las opciones básicas que la comunidad educativa haya adoptado. Por ello, a través del proyecto educativo los colegios, escuelas e institutos podrán impulsar aquellos aspectos que en cada caso y para cada edad consideren más adecuados para la formación de los alumnos y sobre los que es preciso incidir en mayor medida, teniendo en cuenta el contexto socioeducativo del centro, así como las acciones que se puedan desarrollar para favorecer e impulsar el tratamiento de estos temas. En su proyecto educativo, los centros docentes podrán resaltar los aspectos de cada uno de los temas que consideren importantes para el alumnado que acogen, adoptar las medidas necesarias en relación con la organización y funcionamiento y, en general, señalar todo lo que se considere relevante y que pueda mejorar la presencia de los temas transversales en cada una de las etapas que imparten.

4. Los proyectos curriculares de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria recogerán la forma en que se garantice, tal como establecen los Reales Decretos de currículo de cada una de estas etapas, la presencia de estos temas transversales en toda la etapa y en las áreas del currículo. A tal fin, podrán favorecer el tratamiento integrado de dos o más temas, facilitar su programación de manera interdisciplinar, establecer criterios para la selección de materiales didácticos acordes con la importancia que se dé a cada tema, tenerlos en cuenta en la organización de objetivos y contenidos de cada una de las áreas y todas cuantas acciones resulten necesarias para el desarrollo de estos temas.

5. En tanto se mantengan vigentes las enseñanzas del ciclo superior de Educación General Básica, Bachillerato Unificado y Polivalente y Formación Profesional de Primer y Segundo Grado, las programaciones de las diferentes materias de estas etapas educativas incorporarán progresivamente o destacarán aquellos contenidos referidos a los temas transversales a los que se hace referencia en el punto 1 y que estén relacionados con dichas materias. Para la incorporación de estas enseñanzas, los centros docentes podan tomar como referencia, en cuanto sea válido, los materiales de apoyo publicados para cada uno de los temas bajo el título general de <Materiales para la reforma>.

6. Los profesores tendrán en cuenta el desarrollo de actitudes y hábitos en relación con los temas transversales en la evaluación de los aprendizajes de los alumnos, de la programación de las enseñanzas y de la práctica docente, especialmente en todas las etapas educativas en las que la evaluación tiene un carácter global.

7. Con objeto de favorecer el tratamiento de estos temas con un carácter transversal, la programación de actividades extraescolares y complementarias podrán incluir acciones que contribuyan a dar un sentido global a las enseñanzas que sobre ellos se impartan.

8. Los equipos directivos de los centros docentes promoverán iniciativas tendentes a asegurar una mayor presencia de los valores relacionados con los temas transversales en la educación que reciben los alumnos del centro, y difundirán las que hayan sido avaladas por la Administración Educativa. En todo caso favorecerán los proyectos e iniciativas de grupos de profesores, de alumnos o de ambos, así como de las asociaciones de alumnos y de padres, que supongan un tratamiento interdisciplinar de los contenidos englobados en estos temas.

9. Los equipos directivos promoverán, cuando sea preciso y de acuerdo con el Consejo Escolar, el establecimiento de relaciones con instituciones y grupos sociales para que, con su acción conjunta, favorezcan la adquisición de actitudes y hábitos acordes con los temas transversales.

10. La inclusión de los temas transversales deberá hacerse preferentemente de forma que se integre en las actividades habituales, de acuerdo con las características de cada uno de los temas transversales y de las distintas áreas y materias. Podrán realizarse, además, acciones específicas en relación con todos o alguno de los temas.

11. Entre las acciones específicas para el tratamiento de los temas transversales está la utilización de algunas fechas destacadas que la tradición, el Estado o la comunidad internacional han señalado como recordatorio de hechos significativos. La utilización de estas fechas es especialmente interesante, por cuanto los alumnos reciben en ellas informaciones, a través de los medios de comunicación o por otras vías, que permiten completar la acción educativa desarrollada en el centro docente. En el anexo se relacionan algunas de las fechas más destacadas que pueden utilizarse en los centros docentes con esta finalidad. De igual forma, pueden ser aprovechados acontecimientos recientes en relación con alguno de los temas.

12. Las Unidades de Programas Educativos de las Direcciones Provinciales y Subdirecciones Territoriales, a través de los correspondientes departamentos, desarrollarán las actividades que sean precisas para apoyar las iniciativas que tomen los centros educativos y grupos de profesores sobre los temas transversales, y asegurarán la adecuada presencia de estos temas en el Plan Provincial de Formación del Profesorado.

13. Los Centros de Profesores y de Recursos y, en su caso, los Equipos de Orientación Educativa y psicopedagógica asesorarán a los centros docentes, cuando sean requeridos para ello, sobre la manera más adecuada de llevar a cabo la incorporación de los temas transversales.

14. Los Servicios de Inspección supervisarán el proceso de incorporación progresiva de los temas transversales en los proyectos curriculares de etapa y en las programaciones de las diferentes materias.

Asimismo, tendrán en cuenta su tratamiento en todos los aspectos de la organización de los centros.

Madrid, 7 de septiembre de 1994.-El Secretario de Estado Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilmos. Sres. Directores generales de Renovación Pedagógica, Centros Escolares y Coordinación y de la Alta Inspección.

ANEXO

Segunda semana de octubre: Semana de Europa contra el Cáncer. Promovida desde 1988 por el Programa <Europa contra el Cáncer> de la Comisión de la Unión Europea.

16 de octubre: Día Mundial de la Alimentación. Proclamado en 1979 por la Conferencia de la FAO, con el objetivo de aumentar la conciencia pública sobre el problema de la alimentación mundial y reforzar la solidaridad en la lucha contra el hambre, la malnutrición y la pobreza.

17 de octubre: Día Internacional para la erradicación de la pobreza. Aprobado por Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

20 de noviembre: Día de los derechos del niño y la niña. Aniversario de la adopción de la declaración de los derechos del niño y la niña por las Naciones Unidas (1959) y de la aprobación de la Convención de los derechos del niño y la niña (1989).

1 de diciembre: Día Mundial del SIDA. Instituido por la Organización Mundial de la Salud desde 1988, para promover la conciencia social sobre la enfermedad y la solidaridad con los afectados.

3 de diciembre: Día Internacional de las personas con minusvalías. Instituido por la Asamblea General de las Naciones Unidas al finalizar la década de las personas con minusvalías (1983-1992).

6 de diciembre: Día de la Constitución Española. Aniversario de la aprobación de la Constitución (1978).

10 de diciembre: Día de los Derechos Humanos. Aniversario de la adopción de la Declaración de los Derechos Humanos por la Asamblea General de las Naciones Unidas (1948). Se celebra desde 1950.

30 de enero: Día Escolar de la no-violencia y la paz. Aniversario de la muerte de Mahatma Gandhi. Propuesto en 1964 por el Profesor español Lorenzo Vidal, fue reconocido por el Ministerio de Educación y Ciencia como una jornada internacional de promoción de la convivencia. En 1993, la UNESCO ha reconocido esta fecha internacional en el marco del plan de escuelas asociadas a dicha organización.

8 de marzo: Día Internacional de la Mujer. Celebrado en memoria de las 146 obreras textiles de la <Triangle Shirtwaist Company> de Nueva York, que perecieron en la fábrica a consecuencia de un incendio. En el II Congreso Nacional de Mujeres Socialistas (Copenhague, 1910) se propuso la celebración en esta fecha del Día de la Mujer Trabajadora, ampliado después a todas las mujeres y reconocido por las Naciones Unidas.

15 de marzo: Día Internacional del Consumidor. Aniversario del primer discurso sobre los derechos de los consumidores, pronunciado por el Presidente de los Estados Unidos John F. Kennedy, en 1962. Se celebra desde 1983 a instancias de la Organización Internacional de Agrupaciones de Consumidores.

21 de marzo: Día Internacional para la eliminación de la discriminación racial. Se celebra en memoria del asesinato por la policía de 69 personas de raza negra cuando se manifestaban pacíficamente contra las <leyes de paso> en Sharpeville (Sudáfrica) en 1960. La Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó esta fecha en 1966 con el fin de multiplicar sus esfuerzos para eliminar todas las formas de discriminación racial.

22 de marzo: Día Mundial del Agua. Aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas para promover la conciencia social sobre la contribución de los recursos acuáticos a la productividad económica y al bienestar social.

7 de abril: Día Mundial de la Salud. Aniversario de la creación de la Organización Mundial de la Salud en 1948.

9 de mayo: Día de Europa. Aniversario de la declaración de Robert Schuman, entonces ministro de Asuntos Exteriores de Francia, en la que propuso la creación de una comunidad de intereses pacíficos a Alemania Federal y a los demás países europeos que deseasen sumarse a ella (1950). Esta iniciativa marcó el nacimiento de la Europa comunitaria.

31 de mayo: Día Mundial sin tabaco. Instituido por la Organización Mundial de la Salud desde 1988.

5 de junio: Día Mundial del Medio Ambiente. Aniversario del inicio de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente Humano (Estocolmo, 1972), cuyo resultado fue el establecimiento del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente.

1994: Año Internacional de la Familia. Declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas con el fin de incrementar la presencia de los temas familiares y aumentar la capacidad de las naciones para llevar a cabo políticas rigurosas y globales en torno a los problemas de todo orden relacionados con la familia.

1995: Año Internacional de la Tolerancia. Declarado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1992, a propuesta de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

1999: Año Internacional de las Personas Mayores. Adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en <reconocimiento del envejecimiento humano y la promesa que lleva consigo en cuanto a la maduración de actitudes y capacidades en lo social, económico, cultural y espiritual, así como para el desarrollo y la paz global en el próximo siglo>.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/09/1994
  • Fecha de publicación: 23/09/1994
Referencias anteriores
Materias
  • Bachillerato
  • Centros de enseñanza
  • Centros de profesores
  • Conmemoraciones
  • Currículo
  • Educación
  • Educación General Básica
  • Educación Infantil
  • Educación Primaria
  • Educación Secundaria Obligatoria
  • Formación profesional
  • Profesorado

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