En el recurso contencioso-administrativo número 1.291/1991 (y acumulados 1.482 y 1.484/1991), seguidos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuestos por doña Carmen Galván Bermejo y otros, contra la Administración del Estado sobre la evaluación negativa de distintos tramos de investigación del recurrente, ha recaído sentencia el 25 de mayo de 1994, cuyo fallo es el siguiente:
«Estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Carmen Galván Bermejo y otros, contra las Resoluciones de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora que evaluaron negativamente determinados tramos de la actividad desarrollada por los interesados y contra las Resoluciones de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación que desestimaron los recursos de alzada, debemos anular y anulamos las citadas Resoluciones por ser contrarias al ordenamiento jurídico, reponiendo las actuaciones administrativas al trámite en que se produjo la infracción a fin de que la indicada Comisión Nacional proceda a evaluar nuevamente la actividad investigadora de los demandantes, razonando y motivando adecuadamente las decisiones que adopte con arreglo a los criterios y principios establecidos en la Orden de 5 de febrero de 1990; no apreciándose desviación de poder, sin hacer imposición de costas.»
Dispuesto por Orden de 19 de mayo de 1995, el cumplimiento de la citada sentencia, en sus propios términos,
Esta Presidencia ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 20 de junio de 1995.-El Presidente, Roberto Fernández de Caleya y Alvarez.
Ilmo. Sr. Secretario de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
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