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Documento BOE-A-1995-24367

Orden de 25 de octubre de 1995 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el recurso contencioso-administrativo número 506/1993, promovido por don Pedro Macias Gómez.

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 10 de noviembre de 1995, páginas 32681 a 32681 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-24367

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia, con fecha 20 de abril de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 506/1993, en el que son partes, de una, como demandante, don Pedro Macías Gómez, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 11 de junio de 1993, que desestimaba el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 26 de marzo de 1993, sobre gastos de desplazamiento.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Estimar el recurso interpuesto por don Pedro Macías Gómez contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 11 de junio de 1993, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra acuerdo de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 26 de marzo de 1993, que denegó al actor el abono de gastos de desplazamiento desde Huelva a Madrid, para ser intervenido en centro médico especializado; y que anulamos y dejamos sin efecto, al propio tiempo que reconocemos al demandante el derecho de percibir la ayuda económica establecida para los desplazamientos originados por enfermedad, así como la ayuda asistencial correspondientes. Sin costas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a V. I.

Madrid, 25 de octubre de 1995.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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