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Documento BOE-A-1996-1632

Orden de 9 de enero de 1996 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 58/1992, promovido por don José Sánchez Burgueño.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 1996, páginas 2465 a 2465 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-1632

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia, con fecha 10 de marzo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 58/1992, en el que son partes, de una, como demandante, don José Sánchez Burgueño, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 19 de noviembre de 1991, que desestimaba los recursos de alzada interpuestos contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 29 de julio de 1991, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.

La parte dispositiva de la expresadas sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor Morillo Salvador, en representación de don José Sánchez Burgueño, contra la resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado de fecha 29 de julio de 1991, que denegó al recurrente el reintegro de gastos de asistencia sanitaria solicitado, así como frente a la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 19 de noviembre de 1991, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra aquélla, debemos declarar y declaramos las mencionadas resoluciones disconformes con el ordenamiento jurídico, anulándolas.

En consecuencia declaramos el derecho del actor al reintegro de los gastos en los términos establecidos en el baremo del anexo III del concierto de Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado con las entidades aseguradoras aprobado por Resolución de 18 de diciembre de 1990 (''Boletín Oficial del Estado'' del 28), condenando a la Administración a estar y pasar por esta declaración y al abono de la cantidad correspondiente, que se determinará en ejecución de sentencia conforme a lo establecido en el expresado baremo.

Todo ello, sin hacer expresa imposición de las costas procesales causadas.»

En su virtud, este Ministerio para las Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 9 de enero de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Manuel Ortells Ramos.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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