Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (Cáceres), con fecha 15 de marzo de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 173/1994, promovido por doña Encarnación García García, sobre asignación de cuotas de producción de tabaco para el año 1993, sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña María Dolores Mariño Gutiérrez, en nombre y representación de doña Encarnación García García, contra las resoluciones a que se hace referencia en el primer fundamento de esta sentencia, debemos declarar y declaramos que los actos administrativos impugnados son conformes a Derecho. No hacemos especial pronunciamiento en cuanto al pago de las costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 10 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Producciones y Mercados Agrícolas.
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