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Documento BOE-A-1996-22017

Resolución de 17 de septiembre de 1996, de la Subsecretaría, por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo, en grado de apelación, sobre justiprecio e indemnización correspondientes a la finca número 7 del polígono «Zapatón», de Torrelavega (Santander).

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 4 de octubre de 1996, páginas 29803 a 29803 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1996-22017

TEXTO ORIGINAL

En el recurso de apelación número 1.656/1987, interpuesto ante el Tribunal Supremo por el Abogado del Estado en nombre y representación de la Administración General del Estado, contra la sentencia de 14 de febrero de 1987, dictada por la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 14.768, deducido por don Venancio Pernia González y doña Teresa González Fernández, contra Resolución de 21 de enero de 1983, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra otra, de 31 de octubre de 1977, sobre justiprecio e indemnización correspondientes a la finca número 7 del polígono «Zapatón», de Torrelavega (Santander), se ha dictado sentencia, en fecha 7 de julio de 1992, cuya parte dispositiva, literalmente dice:

«Fallamos: Estimando parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado contra la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Primera, de fecha 14 de febrero de 1987, debemos anular y anulamos dicha sentencia, así como las resoluciones administrativas de las que trae causa y fijamos como justiprecio de la parcela número 7, sita en el polígono «Zapatón» la cantidad de 3.480 pesetas metro cuadrado, cantidad que multiplicada por la extensión superficial de aquella finca, deberá aumentarse en un 5 por 100 de afección, más los intereses legales correspondientes; y no hacemos pronunciamiento expreso sobre costas.»

Esta Subsecretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 17 de septiembre de 1996.-El Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo Martínez-Martín.

Ilmo. Sr. Director general de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo.

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