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Documento BOE-A-1996-7909

Resolución de 26 de marzo de 1996, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Auxiliares Administrativos de esta Universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 9 de abril de 1996, páginas 13055 a 13060 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-7909

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobado por Decreto 173/1985, de 31 de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, y con el fin de atender a las necesidades de personal de administración y servicios,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.2.e) de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad, resuelve convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Auxiliares Administrativos de la Universidad de Málaga, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Número de plazas convocadas: Se convocan pruebas selectivas para cubrir 55 plazas de funcionarios de la Escala Auxiliar Administrativa de esta Universidad, por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso libre.

1.1.1 Del total de las plazas que se convocan, se reservará un 3 por 100 para ser cubiertas por personas con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, reconocido por los organismos competentes al momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y cuya discapacidad no le impida el normal desarrollo de funciones relativas a dicha escala. Este cupo de reserva asciende a dos plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna asciende a dos plazas.

1.1.3 El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre asciende a 51 plazas.

1.1.4 Las plazas sin cubrir, de las pertenecientes al sistema de promoción interna y al cupo de reserva de minusvalía, se acumularán a las del sistema general de acceso libre. En este sentido la fase de oposición del sistema de promoción interna finalizará antes que la correspondiente al sistema general de acceso libre. El Presidente del Tribunal coordinará ambos procesos con tal finalidad.

1.1.5 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia sobre los aspirantes del sistema general de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.

1.1.6 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas.

1.1.7 En el caso de producirse nuevas vacantes en la Universidad correspondientes a la Escala Auxiliar Administrativa, las plazas correspondientes a dichas vacantes podrán acumularse a las ofertadas en el apartado 1.1.3 mediante resolución del Rector de esta Universidad, anterior a la realización del segundo ejercicio de la fase de oposición, autorizando la incorporación de esas plazas para ser provistas por las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria.

1.2 Disposiciones aplicables: A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio (modificadora de la anterior); el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; los Estatutos de la Universidad de Málaga, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 Sistema de selección: El procedimiento de selección de los aspirantes, tanto para el turno de promoción interna como para el general de acceso libre, será el de concurso-oposición.

1.3.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los méritos y los servicios prestados, con arreglo al baremo que se especifica en el anexo I.

1.3.2 En la fase de oposición los aspirantes deberán desarrollar los ejercicios que igualmente se indican en el anexo I de esta resolución.

1.3.3 La puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso se publicará coincidiendo con el anuncio de celebración del primer ejercicio.

1.3.4 El primer ejercicio de la fase de oposición se desarrollará no antes de junio de 1996. La fecha, hora y lugar de celebración del mismo se fijará en resolución del Rectorado de la Universidad de Málaga, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», al aprobar la lista de admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Requisitos generales: Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea, o nacional de aquellos estados a los que en virtud de los tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

2.2 Requisitos particulares, turno de promoción interna: Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» a la Escala Subalterna de Organismos Autónomos, al Cuerpo General Subalterno de la Administración del Estado o a la Escala Subalterna de la Universidad de Málaga, tener destino en propiedad en esta Universidad, poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el cuerpo o escala a que pertenezcan y reunir los demás requisitos exigidos.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en las escalas o cuerpos anteriormente citados, serán computables a efectos de antigüedad para participar por promoción interna en estas pruebas selectivas.

2.3 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud: Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, que será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Málaga y en los Gobiernos Civiles de cada provincia y las Delegaciones de Gobierno de Ceuta y Melilla, siempre que las solicitudes de que dispongan éstos sean de características similares a la publicada como anexo IV.

Los aspirantes de promoción interna unirán a su solicitud certificación expedida por el servicio de personal, según anexo III. Quienes accedan por el sistema general de acceso libre, con puntuación en la fase de concurso, deberán presentar certificación acreditativa del tiempo de servicios prestados.

A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad.

3.2 Recepción de solicitudes: La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de esta Universidad, plaza de El Ejido, sin número, edificio «Rectorado», o en las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al excelentísimo señor Rector magnífico de la Universidad de Málaga.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

3.3 Adaptaciones turno de minusvalía: Los aspirantes con minusvalía deberán indicar en la instancia la minusvalía que padecen, para lo cual se utilizará el recuadro de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar expresándolo, en dicho recuadro, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

3.4 Justificación de los derechos de examen: El interesado adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen. En ningún caso, se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente.

3.5 Derechos de examen: Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas y se ingresarán en el Banco Español de Crédito, cuenta corriente número 0870226-271, bajo el nombre de «Universidad de Málaga. Pruebas selectivas P.A.S.». En la solicitud deberá figurar el sello del mencionado banco, acreditativo del pago de los derechos, y cuya falta determinará la exclusión del aspirante.

3.6 Subsanación de errores: Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos: Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Málaga dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.

En dicha resolución, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, y se determinará el lugar y la fecha del comienzo de los ejercicios. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en la Universidad de Málaga, y en el Gobierno Civil de la misma provincia. En ellas constarán, al menos, los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad, así como las causas de exclusión.

4.2 Plazo de subsanación: Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra dicha resolución podrá interponerse recurso ordinario, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación ante el Rector de la Universidad de Málaga que resolverá lo procedente.

De no presentarse recurso ordinario, el escrito de subsanación de defectos se considerará recurso ordinario si el aspirante fuese definitivamente excluido de la realización de los ejercicios.

5. Tribunal calificador

5.1 Composición: El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo V de esta convocatoria.

5.2 Abstención y recusación: Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Málaga, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso al cuerpo, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho artículo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición: Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el «Boletín Oficial del Estado» resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución: Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia obligada del Presidente y del Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas (concurso-oposición).

5.5 Sesiones: A partir de su constitución y para el resto de las sesiones del Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Actuación del Tribunal: A lo largo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.

5.7 Asesores: El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Málaga.

5.8 Adaptaciones para minusválidos: El Tribunal adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalía que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que los ejercicios de la fase de oposición se realicen de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de los ejercicios. Asimismo, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 o cualquier otro equivalente. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

5.10 Información a los participantes: A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Málaga, plaza de El Ejido, sin número, 29071 Málaga, teléfono (95) 213 10 00.

5.11 El Tribunal informará a los opositores que lo soliciten acerca de los criterios de corrección y puntuación obtenida en sus ejercicios («Boletín Oficial del Estado» de 30 de julio de 1994).

5.12 El Tribunal tendrá la categoría cuarta de la recogidas en el anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 21 de abril).

5.13 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Cada uno de los diversos ejercicios que conforman la fase de oposición se celebrarán en un único día y a la misma hora en todas las sedes del examen.

6.2 Llamamiento único: Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.3 Orden de actuación: El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «Ñ», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 23 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

6.4 Acreditación de la identidad: En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal, con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.5 Publicación de fechas y ejercicios: La publicación de las fechas de celebración del segundo y tercer ejercicios se efectuará por el Tribunal, en los locales donde se haya celebrado el primero y segundo, así como en la sede del Tribunal, señalada en la base 5.10 y por cualquier otro medio si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

6.6 Exclusión de participantes: En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Calificación final y lista de aprobados

7.1 Finalizados el primer y segundo ejercicios el Tribunal hará público, en el lugar de celebración de cada uno de ellos y en el Rectorado de la Universidad, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad.

7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el lugar de celebración del último ejercicio, así como en el Rectorado, la relación de aspirantes, por orden de puntuación final alcanzada, que han superado el proceso selectivo.

7.3 La calificación final de las pruebas selectivas, a efectos de declaración de aprobados, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la de concurso.

7.4 En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso, y en el supuesto de que persistiera el mismo, sucesivamente a la puntuación obtenida en el primer ejercicio, en el segundo y en último lugar atendiendo al criterio de preferencia de la mayor edad.

8. Presentación de documentos y nombramiento

de funcionarios

8.1 Documentación a presentar: En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieran públicas las listas de aspirantes que hubieran superado las pruebas selectivas, los opositores aprobados deberán presentar en el servicio de personal, de la Universidad de Málaga, los siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas según el modelo que figura como anexo VI a esta convocatoria.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que, imposibilite para el servicio. Este certificado deberá ser expedido por el facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, se expedirá por la Delegación de Salud de la Junta de Andalucía.

d) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de persona con minusvalía deberán presentar certificación del organismo competente para acreditar tal condición, e igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración Sanitaria acreditativo de la compatibilidad con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

8.2 Exención de justificación: Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u organismo del que dependieran para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

8.3 Anulación de actuaciones: Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren los documentos, o del examen de los mismos se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Nombramientos: Por el excelentísimo señor Rector Magnífico, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

8.5 Bolsa de trabajo: Una vez concluido el proceso selectivo se podrá confeccionar una lista ordenada, conforme a los criterios que la Universidad y la Junta de Personal de Administración y Servicios determinen, en la que figuren los aspirantes que no hubieran obtenido plaza, para su posible nombramiento como funcionarios interinos, siempre y cuando las necesidades de personal existentes en la Universidad de Málaga así lo requieran.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, en los casos y en las formas establecidas por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

Málaga, 26 de marzo de 1996.-El Rector, Antonio Díez de los Ríos Delgado.

ANEXO I

Valoración de méritos, ejercicio y calificación

Fase de concurso

Valoración de méritos:

a) Sistema general de acceso libre: En la fase de concurso se considerarán como méritos, exclusivamente, los servicios prestados como funcionario interino de la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Málaga hasta el último día de presentación de solicitudes, siempre y cuando tales servicios se continúen prestando a la fecha de publicación de la presente convocatoria. Su valoración se hará a razón de 0,40 puntos por cada mes completo de trabajo, hasta un máximo de 24 puntos. La puntuación obtenida en esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.

b) Sistema de promoción interna: Se valorará como mérito la antigüedad, en la forma siguiente: La antigüedad del funcionario en los Cuerpos o Escalas, a que se refiere la base 2.2, se valorará a razón de 0,10 puntos por cada mes completo de servicios efectivos prestados hasta el último día de presentación de solicitudes, hasta con un máximo de 24 puntos.

Fase de oposición

Ejercicios y calificación: Está formada por los tres ejercicios que a continuación se indican, siendo de carácter eliminatorio cada uno de ellos:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar, por escrito, un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, relativas a la totalidad del programa que figura en el anexo II. Se valorará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 15 putos. Las respuestas incorrectas no puntuarán negativamente. El tiempo de realización de este ejercicio será de sesenta minutos y como máximo se harán 100 preguntas.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar por escrito dos supuestos prácticos, desglosados en preguntas relacionadas con el contenido del programa en lo que se refiere únicamente a la gestión universitaria (anexo II). Se valorará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 15 puntos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

Tercer ejercicio: Prueba práctica: Consistirá en una prueba objetiva práctica dirigida a apreciar la capacidad de los aspirantes para la confección y la manipulación informatizada de un determinado documento, que se les facilitará. La duración de este ejercicio será de treinta minutos máximo y la calificación será de apto o no apto.

Esta prueba podrá realizarse en PC compatible (Windows), Word 6.0, o bien, sobre Macintosh en la versión Word 4.0, indicando los aspirantes, en su solicitud, apartado 23.A de la misma, su opción por uno u otro sistema.

ANEXO II

Derecho Administrativo

1. Las Fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. Leyes Orgánicas y Ordinarias. Disposiciones normativas con fuerza de Ley. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases. Límites de la potestad reglamentaria.

2. El Acto Administrativo: Concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez.

3. El Procedimiento Administrativo. La Ley de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contenido y ámbito de aplicación. Idea general de la iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo.

4. Los Recursos Administrativos: Concepto y clases. Recurso ordinario y recurso de revisión. Revisión de oficio.

Gestión de personal y Seguridad Social

1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Personal funcionario. Selección. Provisión de puestos de trabajo. Promoción. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

2. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Personal laboral. Selección. Derechos, deberes e incompatibilidades. El contrato de trabajo.

3. El sistema español de Seguridad Social. El régimen general de la Seguridad Social.

4. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Acción protectora.

Gestión universitaria

1. La Universidad de Málaga. Estatutos de la Universidad de Málaga. Estructura y contenido. Organos de gobierno colegiados y unipersonales.

2. El Consejo Social de la Universidad de Málaga. Estructura y funcionamiento.

3. El Claustro de la Universidad de Málaga. Estructura y funcionamiento.

4. La Junta de Gobierno de la Universidad de Málaga. Estructura y funcionamiento.

5. La Universidad de Málaga. Régimen económico y financiero. Patrimonio. Presupuestos. Financiación y control.

6. La Universidad de Málaga. Organización académica. Departamentos. Centros.

7. Régimen del alumnado. Acceso. Planes de estudio. Tercer ciclo.

8. La Universidad de Málaga. Clases y régimen jurídico del profesorado.

9. La Universidad de Málaga. Personal de Administración y Servicios. Régimen Jurídico.

10. La Universidad de Málaga. Junta de Personal y Comité de Empresa.

ANEXO III

Don , en calidad de Certifico: Que de los antecedentes obrantes en este centro, relativos al opositor, más adelante indicado, se justifican los siguientes extremos:

Datos del opositor:

Apellidos y nombre , Cuerpo o Escala que pertenece , DNI , NRP , fecha de nacimiento , lugar de nacimiento , número de opositor

1. Destino actual 2. Total de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala de pertenencia: años, meses y días.

2.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala como funcionario de carrera hasta el último día de presentación de solicitudes:

años, meses y días.

2.2 Servicios previos reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 (bae 2.2 de la convocatoria): años, meses y días.

Y para que conste, expido la presente certificación en , a ........ de de 199.....

(Firma y sello)

(ANEXO IV OMITIDO)

ANEXO V

Tribunal calificador

El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Don Antonio Díez de los Ríos Delgado, perteneciente al Cuerpo de Catedráticos de Universidad y Rector de la Universidad de Málaga.

Secretario: Don Miguel Angel García Rodríguez, perteneciente a la Escala de Gestión de la Universidad de Málaga.

Vocales: Don Francisco José Andrade Núñez, perteneciente a la Escala de Técnicos de Gestión de la Universidad de Málaga; don Javier Hevia-Aza Fernández, perteneciente a la Escala Administrativa de la Universidad de Málaga; don Francisco Raya Aranda, perteneciente a la Escala Administrativa de la Universidad de Málaga; don José Palao Sánchez, perteneciente a la Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz, y doña Lourdes Bernal Ruiz, perteneciente al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Suplentes:

Presidente: Don José Antonio Entrena Palomero, perteneciente al Cuerpo de Titulados Superiores de Organismos Autónomos, y Gerente de la Universidad de Málaga.

Secretario: Don José Chica López, perteneciente a la Escala Administrativa de la Universidad de Málaga.

Vocales: Don Jesús de Pedro Sainz, perteneciente al Cuerpo de Gestión de Hacienda Pública; don Alberto Rico Amores, perteneciente a la Escala de Gestión de la Universidad de Málaga; doña Carmen Podadera Ríos, perteneciente a la Escala Auxiliar Administrativa de la Universidad de Málaga; don Manuel Gómez Ruiz, perteneciente a la Escala de Gestión de la Universidad de Cádiz, y doña María Carmen Gómez Morant, perteneciente al Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas del Estado.

ANEXO VI

Don/doña , con domicilio en , y con documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala , que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En a ........ de de 199.....

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