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Documento BOE-A-1997-11439

Resolución de 12 de mayo de 1997, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de esta Universidad, mediante el sistema de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 1997, páginas 16448 a 16452 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1997-11439

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley del Parlamento de Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Almería, y el Decreto 2/1995, de 10 de enero, por el que se aprueba la Normativa Provisional de la Actividad de la Universidad de Almería, y con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios,

Este Rectorado-Presidencia de la Comisión Gestora, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 8 de la citada Ley, el artículo 24 del Decreto 2/1995 y el artículo 18 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, en relación con el artículo 3.c) de la misma norma, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería, con sujeción a las siguientes bases de convocatoria.

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de la Escala de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería, mediante el sistema de promoción interna.

1.2 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; Ley del Parlamento de Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Almería; el Decreto 2/1995, de 10 de enero, por el que se aprueba la Normativa Provisional de la Actividad de la Universidad de Almería, y a las normas de esta Resolución.

1.3 El procedimiento de selección de aspirantes constará de las siguientes fases: Fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 El primer ejercicio se iniciará a partir del 15 de junio de 1997. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución del Rectorado-Presidencia de la Comisión Gestora en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

1.6 Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de oposición, se hará pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Almería.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de los tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. Se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de Licenciatura.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

f) Hallarse en servicio activo con destino definitivo en esta Universidad y pertenecer al Cuerpo o Escala inmediatamente inferior al que se aspira, con al menos, dos años de antigüedad en el mismo.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente por los Gobiernos Civiles de cada provincia y en las Comunidades Autónomas, así como en el Servicio de Gestión de Personal de esta Universidad de Almería. A la instancia se acompañarán una fotocopia simple del documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento de identificación suficiente.

3.2 Los aspirantes que soliciten puntuación en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar certificación expedida por el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Almería, acreditativa de las condiciones estipuladas en el anexo I de esta convocatoria.

3.3 Las solicitudes se dirigirán al excelentísimo señor Rector-Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.4 La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector-Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar, en todo caso, apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad.

4.2 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado; en todo caso, la resolución a que se refiere la base anterior establecerá un plazo de diez días hábiles para subsanación de errores, transcurrida el cual quedará elevada como definitiva siendo impugnable directamente en vía contencioso-administrativa.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido por los miembros que se especifican en el anexo III.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector-Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará, en todo momento, a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector-Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 18 de febrero de 1985 («Boletín Oficial del Estado» del 22), o cualesquiera otros equivalentes.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Almería, carretera de Sacramento, sin número, teléfono (950) 21 51 24.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 2.a de las recogidas en el anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 21 de abril).

5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará por sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3 Los aspirantes serán convocados, para cada ejercicio, en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si es nuevo ejercicio.

6.5 Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, lo comunicará al Rector-Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad de Almería, el cual deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados, presentación de documentación,

y nombramiento de funcionarios de carrera

7.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de examen y en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad las listas con las puntuaciones correspondientes.

La calificación final se obtendrá de la forma establecida en el anexo I de esta convocatoria. La lista de aprobados del proceso selectivo no podrá superar el número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

7.2 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas las relaciones definitivas de aprobados por orden de puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, la puntuación obtenida en la fase de concurso y la calificación final.

7.3 Dichas relaciones serán elevadas al Rector-Presidente de la Comisión Gestora de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

7.4 En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar, en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la convocatoria que no tuvieran ya justificadas documentalmente para obtener su anterior nombramiento como funcionario de carrera, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y titulación académica exigida para acceder a la nueva Escala.

7.5 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

7.6 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del documento nacional de identidad de los aspirantes aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas enviada a la Universidad convocante con el apartado «Reservado para la Administración» debidamente cumplimentado.

8. Norma final

8.1 Contra la presente Resolución, y sus bases, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria.

8.2 Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la citada Ley.

Almería, 12 de mayo de 1997.-El Rector-Presidente de la Comisión Gestora, Alberto Fernández Gutiérrez.

ANEXO I

Méritos, ejercicios, valoración y calificación

1. Fase de concurso

En la fase de concurso, a efectos de realizar la valoración que corresponda, deberá aportarse, junto con la solicitud de admisión a las pruebas, certificación expedida por el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad con expresión de los siguientes méritos:

1.1 Antigüedad.-La antigüedad en los Cuerpos, Escalas o plazas a que se refiere la base 2.1.f) se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, teniendo en cuenta a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, concediéndose 0,70 puntos por cada año completo de servicios efectivos, o fracción mensual que corresponda, hasta el límite máximo.

1.2 Puesto de trabajo.-Se valorará el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de publicación de esta convocatoria, con los límites establecidos en el artículo 26 del Real Decreto 28/1990, de 15 de enero, otorgándose la siguiente puntuación:

Nivel C. D. 17: 4,00 puntos.

Nivel C. D. 18: 4,50 puntos.

Nivel C. D. 20: 5,00 puntos.

Nivel C. D. 22: 5,50 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones, con independencia de los efectos económicos de los mismos.

2. Fase de oposición

Estará formada por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo éstos eliminatorios:

2.1 Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas selectivas que figura como anexo II de esta convocatoria. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

2.2 Segundo ejercicio: El Tribunal presentará tres supuestos prácticos de entre las materias contenidas en la segunda parte del programa de estas pruebas. Los aspirantes deberán elegir dos de entre los tres supuestos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

3. Calificación de los ejercicios

Los ejercicios, de la fase de oposición, se calificarán de la forma siguiente:

3.1 Primer ejercicio: Se calificará de cero a 10 puntos siendo necesario para superar obtener un mínimo de cinco puntos.

3.2 Segundo ejercicio: Se calificará de cero a cinco puntos cada supuesto, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos, y no obtener cero en cualquiera de ellos.

3.3 Calificación final de las pruebas selectivas: La calificación final de las pruebas selectivas a efectos de declaración de aprobados vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio.

ANEXO II

Primera parte

Tema 1. La naturaleza jurídica de las Universidades. Las Universidades como Administración autónoma. Los Estatutos de las Universidades. Naturaleza normativa. La Ley del Parlamento de Andalucía 3/1993, de 1 de julio, de creación de la Universidad de Almería. El Decreto de la Consejería de Educación y Ciencia 2/1995, de 10 de enero, por el que se aprueba la Normativa Provisional de la Actividad de la Universidad de Almería.

Tema 2. Organización académica de la Universidad: Departamentos, Institutos, Facultades, Escuelas Técnicas Superiores, Escuelas Universitarias, Colegios Universitarios.

Tema 3. Órganos de Gobierno: El Rector, los Vicerrectores, el Secretario general, los Decanos y Directores. El Gerente. Órganos colegiados de Gobierno, especial referencia al Consejo Social.

Tema 4. La Función Pública Universitaria. El Personal Docente e Investigador. El Personal de Administración y Servicios: El Personal Funcionario y el Personal Laboral de Administración y Servicios. La Representación del personal de las Universidades.

Tema 5. Régimen de Alumnado. Acceso y Permanencia del Alumnado en la Universidad. Expedición de Títulos Académicos. Competencias estatales y universitarias. Sistema de Becas y otras Ayudas al Alumnado.

Tema 6. Las transferencias de las competencias universitarias estatales a la Comunidad Autónoma de Andalucía. El Sistema Universitario en Andalucía. La Ley del Parlamento de Andalucía 1/1992, de 21 de mayo, de Coordinación del Sistema Universitario. Organización actual de la Consejería de Educación y Ciencia.

Tema 7. LORTAD. Ámbito de aplicación. Protección de datos. Titularidad de los ficheros. Agencia de Protección de Datos. Movimiento de datos.

Segunda parte

Tema 1. Funcionamiento y elementos de un sistema informático. Los subsistemas físico y lógico.

Tema 2. La Unidad Central de Proceso.

Tema 3. Memoria del ordenador. Jerarquía de memoria. Modelos de gestión de memoria.

Tema 4. El subsistema de entrada y salida.

Tema 5. La periferia del sistema informático.

Tema 6. Dispositivos de almacenamiento de la información.

Tema 7. Tipos de sistemas informáticos. Equipos grandes, medianos y pequeños. Caracterización y clasificación.

Tema 8. Arquitecturas multiprocesador. Procesamiento paralelo.

Tema 9. Sistemas operativos de los sistemas medianos y pequeños.

Tema 10. El sistema operativo UNIX.

Tema 11. Administración y gestión del sistema operativo y Software» de base.

Tema 12. Los sistemas de gestión de bases de datos. El modelo relacional. SQL.

Tema 13. El SGBDR Oracle. Conceptos básicos. Administración.

Tema 14. Herramientas del SGBDR Oracle.

Tema 15. Organización y funcionamiento de un Centro de Procesos de Datos.

Tema 16. Análisis de sistemas de información. El modelo entidad-relación. Entidades y superentidades.

Tema 17. El análisis estructurado. Diccionario de datos, diagramas de flujo de datos.

Tema 18. Diseño estructurado.

Tema 19. Normativas de análisis y diseño. Métrica 2. Eurométodo.

Tema 20. Lenguaje C.

Tema 21. Herramientas de cuarta generación. Herramientas CASE.

Tema 22. Sistemas distribuidos. Modelo cliente-servidor. Middieware. Estándares.

Tema 23. Gestión automatizada universitaria. Áreas. Funcionalidades requeridas.

Tema 24. Los ordenadores personales. Arquitectura y sistemas operativos.

Tema 25. Ofimática. Paquetes Miméticos integrados.

Tema 26. Medios de transmisión y modos de comunicación.

Tema 27. Modelo de referencia OSI de ISO.

Tema 28. Redes de área local. Redes de área extensa.

Tema 29. Equipos terminales y de comunicaciones. Repetidores. «Bridges», «routers» y «gateways».

Tema 30. Redes Netware. Conceptos básicos. Configuración. Administración.

Tema 31. Redes informáticas científicas. RICA. Red IRIS.

ANEXO III

Tribunal calificador

El Tribunal calificador de estas pruebas estará constituido por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Don Fernando Contreras Ibáñez, funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Granada y Gerente de la Universidad de Almería, por delegación del Rector-Presidente de la Comisión Gestora.

Vocales: Don Fernando Bienvenido Bárcenas, Profesor titular de Escuela Universitaria de la Universidad de Almería; don José Luis Alonso Molina, funcionario de la Escala de Programadores Informáticos de la Universidad de Jaén, que actuará como Secretario; don Diego Pérez Martínez, funcionario de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería, y don Manuel Berenguel Giménez, funcionario de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería.

Suplentes:

Presidente: Don Juan López Domech, funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Granada y Director del Gabinete Jurídico, por delegación del Rector-Presidente de la Comisión Gestora.

Vocales: Doña María del Mar Labella Ortiz, funcionaria de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería; doña María de Gador Manzano Vázquez, funcionaria de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería, que actuará como Secretaria; don Andrés Jesús Martínez Suárez, funcionario de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería, y don Samuel Túnez Rodríguez, Profesor titular de Escuela Universitaria de la Universidad de Almería.

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