Está Vd. en

Documento BOE-A-1997-15448

Resolución de 18 de junio de 1997, de la Dirección General de Comercio Exterior, por la que se modifica la relación de Centros y Unidades de Asistencia Técnica e Inspección de Comercio Exterior (SOIVRE), habilitados para la emisión de los documentos contemplados en el Reglamento (CE) 338/97, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 10 de julio de 1997, páginas 21284 a 21284 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-15448

TEXTO ORIGINAL

En el Instrumento de Adhesión de España al Convenio sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres (CITES), de 16 de mayo de 1986, se designa, a tenor de lo previsto en el artículo IX del Convenio, a la Dirección General de Comercio Exterior entre las autoridades administrativas españolas para conceder permisos o certificados CITES.

Por otro lado, en la actualidad, la aplicación en la Comunidad del Convenio sobre el comercio internacional de especies de fauna y flora silvestres viene establecida por el Reglamento (CE) 338/97, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio, y el Reglamento (CE) 939/97, de la Comisión, de 26 de mayo de 1997, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 338/97, del Consejo, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.

Por todo ello, esta Dirección General, en uso de sus facultades, ha dispuesto lo siguiente:

Primero.-Habilitar el Centro de Asistencia Técnica e Inspección del Comercio Exterior de Málaga (Estación Marítima del Puerto, 1, 29071 Málaga), para la emisión de los documentos establecidos en el Reglamento (CE) 338/97, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio, y el Reglamento (CE) 939/97, de la Comisión, de 26 de mayo de 1997, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 338/97, del Consejo, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.

Segundo.-Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de junio de 1997.-El Director general, Luis Carderera Soler.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid