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Documento BOE-A-1997-1829

Orden de 23 de diciembre de 1996 de autorización de la fusión por absorción de la entidad «Multinacional Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros» por la entidad «Ascat-Previsió, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros» (que pasará a denominarse «Multinacional Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros), de autorización a la entidad «Ascat-Previsió, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros» (que pasará a denominarse «Multinacional Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros»), para el ejercicio de la actividad aseguradora privada de los ramos de vehículos terrestres (no ferroviarios), responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles (comprendida la responsabilidad del transportista), caución y asistencia números 3, 10, 15 y 18 de la clasificación establecida.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 1997, páginas 2979 a 2979 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1997-1829

TEXTO ORIGINAL

La entidad «AscatPrevisió, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros» (que pasará a denominarse «Multinacional Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros») ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de autorización de la fusión por absorción de la entidad «Multinacional Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros».

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he resuelto:

Primero.-Autorizar la fusión por absorción de la entidad «Multinacional Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros» por la entidad «Ascat-Previsió, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros» (que pasará a denominarse «Multinacional Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros).

Segundo.-Autorizar a la entidad «Ascat-Previsió, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros» (que pasará a denominarse «Multinacional Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros) para el ejercicio de la actividad aseguradora privada en los ramos de vehículos terrestres (no ferroviarios), responsabilidad civil en vehículos terrestres automóviles (comprendida la responsabilidad del transportista), caución y asistencia números 3, 10, 15 y 18 de la clasificación establecida en la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Tercero.-Declarar la extinción y subsiguiente cancelación de la inscripción del Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras de la entidad «Multinacional Aseguradora, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros». Dicha cancelación tendrá efecto a la fecha en que se produzca la preceptiva inscripción de la correspondiente escritura pública en el Registro Mercantil.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 23 de diciembre de 1996.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.

Ilmo. Sr. Director general de Seguros.

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