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Documento BOE-A-1997-21591

Orden de 10 de septiembre de 1997 por la que se dispone el cumplimiento en sus propios términos de la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 323/1997, interpuesto por «Aceites Muela, Sociedad Anónima» (ACEMUSA).

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 10 de octubre de 1997, páginas 29574 a 29574 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1997-21591

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 20 de mayo de 1997, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo núme ro 323/1997, promovido por «Aceites Muela, Sociedad Anónima» (ACEMUSA), sobre aplicación del régimen de ayuda al consumo de aceite de oliva; sentencia cuya parte dispositiva dice así:

«Fallamos:

1. Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Bermúdez de Castro Rosillo, en nombre y representación procesal de la entidad mercantil ceites Muela, Sociedad Anónima'', contra Resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 1 de septiembre de 1995 (expediente número 2-567/94), en materia de aplicación del régimen de ayuda al consumo de aceite de oliva, a que las presentes actuaciones se contraen, por ser conforme a derecho la resolución recurrida, que procede en consecuencia confirmar.

2. Desestimar las restantes pretensiones deducidas; sin pronunciamiento singular sobre costas procesales.»

Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.

Madrid, 10 de septiembre de 1997.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

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