En el recurso contencioso-administrativo número 728/1995, interpuesto por don Juan Carlos Estévez Fernández Novoa, en representación de «Canteras del Bajo Aragón, Sociedad Limitada», contra resolución de la Dirección General de Calidad y Seguridad Industrial, de 21 de diciembre de 1992, sobre revocación parcial de subvención, se ha dictado, por la Audiencia Nacional, con fecha 17 de septiembre de 1997, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de "Canteras del Bajo Aragón, Sociedad Limitada", contra las actuaciones a que el mismo se contrae, que declaramos ajustadas a derecho. Sin expresa imposición de costas.
Así, por esta nuestra sentencia, testimonio de la cual será remitido en su momento a la oficina de origen a los efectos legales, junto con el expediente administrativo, en su caso, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Al notificarse la presente sentencia se hará la indicación de recursos que previene el artículo 248.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 11 de noviembre de 1997.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 23), el Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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