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Documento BOE-A-1997-25546

Orden de 11 de noviembre de 1997 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo número 270/94, interpuesto por «Fertilizantes Enfersa, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 1997, páginas 35290 a 35290 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1997-25546

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 04/270/1994, interpuesto por «Fertilizantes Enfersa, Sociedad Anónima», contra la resolución de la Secretaría de Estado de Industria, de 4 de agosto de 1993, desestimatoria de los recursos de reposición interpuestos contra las resoluciones de 25 de marzo de 1992, sobre denegación de subvenciones, se ha dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 30 de julio de 1997, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 04/270/1994, interpuesto por "Fertilizantes Enfersa, Sociedad Anónima", contra la resolución del Secretario de Estado de Industria, del Ministerio de Industria y Energía, de 4 de agosto de 1993, desestimatoria de los recursos de reposición contra resoluciones de la Secretaría de Estado de Industria, de 25 de marzo de 1992, que denegaban subvenciones por no estar la interesada al corriente de pago de sus obligaciones fiscales y de la Seguridad Social, por ser dicha resolución impugnada, en los concretos extremos que han sido objeto de debate, conforme al ordenamiento jurídico; sin expresa condena al pago de las costas causadas en este proceso.

Así, por esta nuestra sentencia, cuyo testimonio se unirá a las actuaciones originales, y otro se remitirá, en su momento, junto con el expediente administrativo, si procede, a la oficina de origen, para su ejecución y cumplimiento, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de noviembre de 1997.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 23), el Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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