Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 276, de 18 de noviembre de 1997, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 33749, primera columna, apartado segundo b), donde dice: «b) Enseñanzas correspondientes al sistema anterior a la citada Ley: ... Formación Profesional (primer y segundo grados).», debe decir: «b) Enseñanzas correspondientes al sistema anterior a la citada Ley: ... Formación Profesional (1.o y 2.o de segundo grado).».
En la página 33750, primera columna, apartado sexto 2, donde dice: «A) Se valorará positivamente: ... Que el alumnado solicitante del centro...
B) En el supuesto de grupos participantes en años anteriores, el Jurado tendrá en consideración: Actitud negativa del grupo. Puntuación: 1 punto.
Haber sido seleccionado y renunciar a dicha participación sin haberlo comunicado con suficiente antelación. Puntuación: 2 puntos.
No haber remitido la Memoria de evaluación. Puntuación: 2 puntos.», debe decir: «A) Se valorará positivamente: ... Que el alumnado del centro solicitante...
B) En el supuesto de grupos participantes en años anteriores, el Jurado tendrá en consideración: Actitud negativa del grupo. Puntuación: -1 punto.
Haber sido seleccionado y renunciar a dicha participación sin haberlo comunicado con suficiente antelación. Puntuación: -2 puntos.
No haber remitido la Memoria de evaluación. Puntuación: -2 puntos.».
En la página 33750, primera columna, apartado duodécimo, donde dice: «Duodécimo.-Contra esta Orden se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo...», debe decir: «Duodécimo.-Contra esta Orden se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional...».
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid