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Documento BOE-A-1997-26767

Real Decreto-ley 27/1997, de 12 de diciembre, por el que se conceden créditos extraordinarios por importe total de 8.956.161.394 pesetas para atender obligaciones derivadas de gastos corrientes en bienes y servicios, inversiones y otros gastos del Ministerio del Interior.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 13 de diciembre de 1997, páginas 36484 a 36486 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1997-26767
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/1997/12/12/27

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo establecido en el artículo 63 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, según la redacción dada al mismo por la Ley 11/1996, de 27 de diciembre, de Medidas de Disciplina Presupuestaria, con cargo a los créditos de cada presupuesto sólo podrán contraerse obligaciones derivadas de adquisiciones, obras, servicios y demás prestaciones o gastos en general que se realicen en el año natural del propio ejercicio presupuestario. En ese artículo, además, se establecen los requisitos para que, en determinadas circunstancias, se imputen al presupuesto de un ejercicio obligaciones generadas en ejercicios anteriores.

En el Ministerio del Interior ha de atenderse al pago de diversas obligaciones procedentes de ejercicios anteriores que están pendientes de imputar presupuestariamente y que no pueden ser aplicadas al ejercicio corriente por no concurrir en ellas los requisitos a que hace referencia el citado artículo 63. Dichas obligaciones derivan de gastos corrientes en bienes y servicios por importe de 7.461.314.920 pesetas; de intereses de demora por importe de 612.682.425 pesetas, y de inversiones asociada al funcionamiento operativo de los servicios y otros gastos por importe de 882.164.049 pesetas.

Dado que las citadas obligaciones no pueden ser imputadas al ejercicio corriente, que su pago no puede retrasarse por el correspondiente perjuicio que supone para los terceros acreedores, y que la propia disciplina presupuestaria exige que no se demore su aplicación a presupuesto, ha de dictarse la oportuna norma con rango de ley para dotar la cobertura crediticia necesaria para su cancelación.

En su virtud, en uso de la autorización contenida en el artículo 86 de la Constitución, a propuesta del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda y del Ministro del Interior, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de diciembre de 1997,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

Para atender obligaciones de ejercicios anteriores se conceden créditos extraordinarios por importe de 8.956.161.394 pesetas, en el vigente presupuesto de la Sección 16 «Ministerio del Interior», con el detalle que se recoge en el anexo.

Artículo 2.

Los créditos extraordinarios que se conceden en el artículo 1 se financiarán con Deuda Pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre.

Disposición final única.

El presente Real Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 12 de diciembre de 1997.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno en funciones,

FRANCISCO ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ

ANEXO

CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS

Servicio 01: Ministerio, Subsecretaría y Servicios

Generales

Aplicación /

Denominación / Importe

-

Pesetas

Programa 223.A «Protección civil»

Artículo 29. / Obligaciones de ejercicios anteriores:

Concepto 290. / Arrendamientos:

02 Edificios y otras construcciones / 518.100

Concepto 292. / Suministros y material: / 00 Energía eléctrica / 3.327.202

Concepto 295. / Gastos diversos:

06 Reuniones y conferencias / 3.942.375

Artículo 69. / Obligaciones de ejercicios anteriores:

Concepto 692. / Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios / 2.205.252

Total Servicio 01: Ministerio, Subsecretaría y Servicios Generales / 9.992.929

Servicio 03: Dirección General de la Policía

Importe

-

Pesetas / Denominación / Aplicación

Programa 222.A «Seguridad

ciudadana»

Artículo 29. / Obligaciones de ejercicios anteriores:

Concepto 290. / Arrendamientos.

02 Edificios y otras construcciones / 300.419.539

Concepto 291. / Reparaciones y conservación.

02 Edificios y otras construcciones / 3.147.843

03 Maquinaria, instalaciones y utillaje / 422.344

04 Elementos de transporte / 11.860.125

05 Mobiliario y enseres / 3.308.269

06 Equipos para proceso de la información / 44.712.911

Artículo 29. / Obligaciones de ejercicios anteriores:

Concepto 292. / Suministros y material.

00 Energía eléctrica / 200.935.149

01 Agua / 67.549.035

02 Gas / 18.866.513

03 Combustible / 19.893.198

04 Vestuario / 888.682

05 Productos alimenticios / 22.425.688

06 Productos farmacéuticos / 3.811.275

07 Suministros de carácter militar / 759.427

09 Labores de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre / 1.424.817.635

10 Otros suministros / 176.810.194

20 Material de oficina ordinario no inventariable / 71.574.646

21 Prensa, revistas, libros y otras publicaciones / 3.990.949

22 Material informático no inventariable / 10.910.416

Concepto 293. / Comunicaciones.

00 Telefónicas / 1.945.369.932

01 Postales / 57.686.810

02 Telegráficas / 1.079.865

03 Télex y telefax / 453.643

04 Informáticas / 122.879

09 Otras / 2.389.600

Concepto 294. / Tributos. 00 Estatales / 6.252.102

01 Autonómicos / 21.159

02 Locales / 7.675.096

Concepto 295. / Gastos diversos.

03 Jurídicos, contenciosos / 10.237

06 Reuniones y conferencias / 3.096.000

09 Otros gastos diversos / 4.524.860

Concepto 296. / Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

00 Limpieza y aseo / 1.365.686

06 Estudios y trabajos técni cos / 14.200.113

Artículo 29. / Obligaciones de ejercicios anteriores:

Concepto 297. / Indemnizaciones por razón del servicio.

00 Dietas / 228.177.689

01 Locomoción / 37.613.430

02 Traslado / 3.654.268

03 Otras indemnizaciones / 3.018.913

Concepto 299. / Otros gastos corrientes.

00 Transportes / 8.351.073

Artículo 39. / Obligaciones de ejercicios anteriores:

Concepto 392. / Intereses de demora / 582.276.286

Artículo 69. / Obligaciones de ejercicios anteriores:

Concepto 693. / Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios / 595.681.158

Total Servicio 03: Dirección General de la Policía / 5.890.124.637

Servicio 04: Dirección General de la Guardia Civil

Importe

-

Pesetas / Denominación / Aplicación

Programa 222.A «Seguridad ciudadana»

Artículo 29. / Obligaciones de ejercicios anteriores:

Concepto 290. / Arrendamientos.

02 Edificios y otras construcciones / 18.098.217

Concepto 292. / Suministros y material.

00 Energía eléctrica / 48.211.918

01 Agua / 13.125.811

02 Gas / 3.945.918

03 Combustible / 2.808.107

05 Productos alimenticios / 1.481.630

20 Material de oficina ordinario no inventariable / 33.730.061

Concepto 293. / Comunicaciones.

00 Telefónicas / 730.704.848

01 Postales / 114.324.480

02 Telegráficas / 7.251.670

Concepto 294. / Tributos.

02 Locales / 10.947.739

Concepto 295. / Gastos diversos.

09 Otros gastos diversos / 41.937.740

Concepto 296. / Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

06 Estudios y trabajos técnicos. / 3.831.552

Concepto 297. / Indemnizaciones por razón del servicio.

01 Locomoción / 323.838.181

02 Traslado / 478.320.000

03 Otras indemnizaciones / 22.001.808

Artículo 39. / Obligaciones de ejercicios anteriores:

Concepto 392. / Intereses de demora / 30.406.139

Artículo 69. / Obligaciones de ejercicios anteriores:

Concepto 693. / Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios / 255.322.087

Total Servicio 04: Dirección General de la Guardia Civil / 2.140.287.906

Servicio 05: Dirección General de Instituciones

Penitenciarias

Importe

-

Pesetas / Denominación / Aplicación

Programa 144.A «Centros e Instituciones Penitenciarias»

Artículo 29. / Obligaciones de ejercicios anteriores:

Concepto 291. / Reparaciones y conservación.

02 Edificios y otras construcciones / 214.015

03 Maquinaria, instalaciones y utillaje / 1.747.616

Concepto 292. / Suministros y material.

00 Energía eléctrica / 40.950.310

03 Combustible / 51.394.094

06 Productos farmacéuticos / 68.815.109

Concepto 293. / Comunicaciones. 01 Postales / 2.528.756

Concepto 295. / Gastos diversos.

03 Jurídicos, contenciosos / 3.000.000

07 Oposiciones y pruebas se lectivas / 6.729.136

Concepto 296. / Trabajos realizados por otras empresas y profesionales.

00 Limpieza y aseo / 151.754

06 Estudios y trabajos técnicos. / 59.520.568

Concepto 299. / Otros gastos corrientes.

00 Transportes / 52.089.127

02 Otros conciertos de asistencia sanitaria / 599.659.885

Artículo 46. / A Corporaciones Locales:

Concepto 469. / Depósitos municipales, para atender obligaciones de ejercicios anteriores / 27.764.682

Artículo 69. / Obligaciones de ejercicios anteriores:

Concepto 693. / Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios / 1.190.870

Total Servicio 05: Dirección General de Instituciones Penitenciarias / 915.755.922

Total créditos extraordinarios / 8.956.161.394

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 12/12/1997
  • Fecha de publicación: 13/12/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 13/12/1997
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA Acuerdo de Convalidación, por Resolución de 17 de diciembre de 1997 (Ref. BOE-A-1997-27808).
Referencias anteriores
  • CITA:
    • Ley 11/1996, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-1996-29017).
    • Ley General presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
Materias
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Ministerio del Interior

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