Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, el recurso número 3/1.459/94, interpuesto por don Luis Federico Mata Serrano, sobre sanción disciplinaria, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia de 5 de diciembre de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 1.459/94, interpuesto por don Luis Federico Mata Serrano, contra la Resolución del Ministerio de Justicia (Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios), de 23 de junio de 1994, que desestimó el recurso de reposición formulado frente a la de 26 de marzo de 1993, por la que se le impuso la sanción de un año de suspensión de funciones, como autor responsable de una falta grave del artículo 7.1.l) del Reglamento de Régimen Disciplinario aprobado por Real Decreto 33/1986, de 10 de enero, consistente en "el incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo que acumulado suponga un mínimo de diez horas al mes", resoluciones que se confirman por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa ha dispuesto se cumpla, en sus propios términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 12 de marzo de 1997.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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