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Documento BOE-A-1997-7846

Orden de 7 de marzo de 1997 por la que se modifica la autorización de los centros privados de Educación Infantil y Educación Primaria «Liceo Villa Fontana», de Móstoles (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 12 de abril de 1997, páginas 11688 a 11689 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-7846

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente tramitado a instancia de don Fernando Martínez Bannazar, en representación de la sociedad «Asesoría Didáctica, Sociedad Anónima», titular del centro privado denominado «Liceo Villa Fontana», domiciliado en la calle Carlos V, número 27, de Móstoles (Madrid), solicitando modificación de la autorización del centro, por ampliación de tres unidades de Educación Infantil de Primer Ciclo.

Este Ministerio, ha resuelto:

Primero.-Modificar la actual autorización del centro privado que se describe a continuación, por ampliación de tres unidades de Educación Infantil de Primer Ciclo, y reducción de una unidad de Educación Infantil de Segundo Ciclo y una unidad de Educación Primaria.

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: «Liceo Villa Fontana». Persona o entidad titular: «Asesoría Didáctica, Sociedad Anónima». Domicilio: Calle Carlos V, número 27. Localidad: Móstoles. Municipio: Móstoles. Provincia: Madrid. Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil Primero y Segundo Ciclos. Capacidad. Primer Ciclo: 6 unidades.

La capacidad máxima de las unidades del Primer Ciclo, en cada momento, no podrá exceder del número de puestos escolares que resulte de la aplicación de los ratios que, en cuanto a superficie mínima requerida por puesto escolar y número máximo de alumnos de los niños escolarizados, se determinan en los artículos 10.b y 13.1 del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias.

Segundo ciclo: Cuatro unidades y 100 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación específica: «Liceo Villa Fontana». Persona o entidad titular: «Asesoría Didáctica, Sociedad Anónima». Domicilio: Calle Carlos V, número 27. Localidad: Móstoles. Municipio: Móstoles. Provincia: Madrid. Enseñanzas autorizadas: Educación Primaria. Capacidad: 17 unidades y 425 puestos escolares.

Segundo.-El centro deberá cumplir la norma básica de la Edificación NBE CPI/96, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 29).

Tercero.-Quedan dichos centros obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos consignados en la presente Orden.

Cuarto.-Contra esta Orden, podrá interponerse, recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 37.1 y 58, de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, de 27 de diciembre de 1956 y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 7 de marzo de 1997.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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