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Documento BOE-A-1998-12904

Orden de 17 de abril de 1998 por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional específica «María Inmaculada», sito en Valladolid, por ampliación de enseñanzas.

Publicado en:
«BOE» núm. 132, de 3 de junio de 1998, páginas 18354 a 18354 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-12904

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia de la representación legal de la entidad Religiosas Hijas de María Inmaculada, solicitando la modificación de la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional específica "María Inmaculada", sito en la calle Ruiz Hernández, 13, de Valladolid, para impartir el ciclo formativo de grado medio de Cuidados Auxiliares de Enfermería,

Este Ministerio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional específica "María Inmaculada", sito en la calle Ruiz Hernández, 13, de Valladolid, por ampliación de enseñanzas, quedando configurado como a continuación se señala:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional específica.

Denominación específica: "María Inmaculada".

Domicilio: Calle Ruiz Hernández, 13.

Localidad: Valladolid.

Municipio: Valladolid.

Provincia: Valladolid.

Titular: Religiosas Hijas de María Inmaculada.

Enseñanzas autorizadas:

A) Ciclos formativos de grado medio:

Gestión Administrativa.

Capacidad:

Número de grupos: 1.

Número de puestos escolares: 30.

Cuidados Auxiliares de Enfermería.

Capacidad:

Número de grupos: 1.

Número de puestos escolares: 30.

B) Ciclos formativos de grado superior:

Administración de Sistemas Informáticos.

Capacidad:

Número de grupos: 2.

Número de puestos escolares: 60.

Documentación Sanitaria.

Capacidad:

Número de grupos: 1.

Número de puestos escolares: 30.

Segundo.-Provisionalmente, teniendo en cuenta que en el mismo recinto se encontraba autorizado un centro de Formación Profesional de primer grado, podrá impartir las siguientes enseñanzas, que se extinguirán progresivamente a medida que se produzca la implantación de las enseñanzas autorizadas definitivamente:

Formación Profesional de primer grado:

Rama Sanitaria, profesión Clínica.

Rama Administrativa y Comercial, profesión Administrativa.

Tercero.-El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación NBE CPI/96, de Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Cuarto.-Con carácter previo al comienzo de las actividades educativas de ciclo formativo autorizado por la presente Orden, la Dirección Provincial del Departamento en Valladolid deberá comprobar que el equipamiento del centro se adecua a lo establecido en el anexo de la Resolución de la Dirección General de Centros Educativos, de 13 de mayo de 1997, por la que se aprobó el expediente y proyecto de obras del centro.

Quinto.-Antes del inicio de las actividades educativas, la Dirección Provincial del Departamento en Valladolid, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, deberá aprobar la relación del profesorado con el que contará el centro, que cumplirá los requisitos establecidos en la Orden de 23 de febrero de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 27) por la que se regulan las titulaciones mínimas y condiciones que deben poseer los Profesores para impartir Formación Profesional específica en los centros privados y en determinados centros de titularidad pública.

Sexto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 17 de abril de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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