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Documento BOE-A-1998-14780

Resolución de 21 de mayo de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Convenio, por el que se amplía el plazo de vigencia del suscrito con fecha 5 de marzo de 1996, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sobre la realización de un programa denominado «Bolsa de vivienda joven en alquiler».

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 22 de junio de 1998, páginas 20482 a 20483 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-14780

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha un Convenio por el que se amplía el plazo de vigencia del suscrito entre el extinguido Ministerio de Asuntos Sociales y dicha Comunidad el 5 de marzo de 1996, sobre la realización de un programa denominado "Bolsa de vivienda joven en alquiler", y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del 27), procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 21 de mayo de 1998.-El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

CONVENIO, POR EL QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE VIGENCIA DEL SUSCRITO CON FECHA 5 DE MARZO DE 1996, ENTRE EL MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES Y LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA SOBRE LA REALIZACIÓN DE UN PROGRAMA DENOMINADO "BOLSA DE VIVIENDA JOVEN EN ALQUILER".

En Madrid a 2 de abril de 1998.

REUNIDOS

De una parte, el ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo, y de otra parte, el excelentísimo señor don Justo Zambrana Pineda, sin obligación de manifestar sus circunstancias personales por comparecer en el ejercicio de su cargo.

INTERVIENEN

El ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, como Director general del Instituto de la Juventud, nombrado por Real Decreto 1100/1996, de 17 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" número 121, del 18), en nombre y representación de la Administración General del Estado-Instituto de la Juventud, por delegación del Gobierno de la Nación, según el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, y por aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 2614/1996, de 20 de diciembre.

Y el excelentísimo señor don Justo Zambrana Pineda, como Consejero de Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en representación de la misma y en ejercicio de las atribuciones que le están conferidas por el Decreto 58/1995, de 6 de julio, nombramiento publicado en el "Diario Oficial de Castilla-La Mancha" número 36, de 7 de julio de 1995.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

EXPONEN

Que subsistiendo las circunstancias que determinaron la suscripción por las partes de un Convenio para el desarrollo del Programa expresado más arriba, consideran necesario dar continuidad al mismo, para la cual se amplía la posibilidad de prorrogar su vigencia a través de sucesivos protocolos.

Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de modificación, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La estipulación quinta del Convenio suscrito con fecha 5 de marzo de 1996 publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 92, de fecha 16 de abril de 1996, queda redactado de la siguiente manera:

"El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y estará vigente mientras las partes, previo cumplimiento en cada caso de las exigencias del ordenamiento jurídico de obligado cumplimiento por las mismas, estimen necesaria la realización del Programa objeto del mismo. A tal fin, formalizarán anualmente dentro del primer trimestre siguiente a la fecha de finalización del último período de vigencia de aquél, y siempre que lo permitan las dotaciones presupuestarias correspondientes, un Protocolo que establezca las actividades a realizar, así como los medios de todo tipo necesarios para su ejecución, especificando las aportaciones respectivas."

"Caso de no formalizarse el citado Protocolo, el presente Convenio quedará extinguido entre las partes al finalizar el plazo de tres meses previsto en el párrafo anterior."

Segunda.-Para el año 1998, la distribución pormenorizada de las aportaciones de cada una de las partes para este Programa, serán las siguientes:

I. El Instituto de la Juventud, con cargo al número económico, 19.201.323A.226.10 de su vigente presupuesto, del que existe remanente suficiente, abonará los gastos que se produzcan por:

1. La cobertura del seguro Multirriesgo-Hogar hasta un máximo de 7.500.000 pesetas. La prima para cada una de las pólizas será 7.500 pesetas.

2. La cobertura del seguro de Caución hasta un máximo de 12.000.000 de pesetas. La prima de cada una de las pólizas será como máximo el 3 por 100 de la renta anual de cada contrato.

3. La realización de los Cursos de Formación, asesoramiento, gestión técnica y seguimiento del Programa hasta un máximo de 7.500.000 pesetas.

Total de su aportación: 27.000.000 de pesetas.

Esta cantidad es global para todas y cada una de las Comunidades Autónomas que estén incorporadas al programa Bolsa de vivienda joven en alquiler.

II. La Consejería de Educación y Cultura, a través de la Dirección General de Juventud, correrá directamente con los gastos que se produzcan por:

1. Personal necesario para el programa.

2. Gastos de local.

3. Material y publicidad.

4. Otros.

Total de su aportación: 16.000.000 de pesetas.

La aportación dineraria de esta parte se hará con cargo a la aplicación presupuestaria 1.24.06000.31200.48100000, existiendo remanente suficiente del mismo para disponer el gasto.

Y para que así conste, en prueba de conformidad con lo expuesto anteriormente las partes firman el presente Convenio en el lugar y fechas expresados, en dos ejemplares que hacen fe.

Por el Instituto de la Juventud, Ricardo Tarno Blanco.-Por la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Justo Zambrana Pineda.

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