Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera)
de la Audiencia Nacional el recurso número 3/600/1996, interpuesto por
don Luis Tulleuda Roca, representado por la Procuradora doña Carmen
Gorbe Sánchez, contra Resolución del Director General de Administración
Penitenciaria, dictada por delegación de la Secretaria de Estado de Asuntos
Penitenciarios, de 1 de marzo de 1996, por la que se impuso al recurrente
la sanción de tres días de suspensión de funciones, como autor de una
falta grave, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección
Tercera) de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, de 14 de abril de 1998,
cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos:
Primero.-Que estimando el recurso interpuesto por don Luis Tulleuda
Roca, contra la Resolución de la Secretaría de Estado de Asuntos
Penitenciarios, de 1 de marzo de 1996, descrita en el primer fundamento de
Derecho, debemos anular y anulamos la Resolución recurrida, por ser
contraria a Derecho, dejando sin efecto la sanción impuesta.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios
términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 24 de junio de 1998.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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