Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional el recurso número 3/600/1996, interpuesto por don Luis Tulleuda Roca, representado por la Procuradora doña Carmen Gorbe Sánchez, contra Resolución del Director General de Administración Penitenciaria, dictada por delegación de la Secretaria de Estado de Asuntos Penitenciarios, de 1 de marzo de 1996, por la que se impuso al recurrente la sanción de tres días de suspensión de funciones, como autor de una falta grave, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Tercera) de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, de 14 de abril de 1998, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos:
Que estimando el recurso interpuesto por don Luis Tulleuda Roca, contra la resolución de la Secretaría de Estado de Asuntos Penitenciarios, de 1 de marzo de 1996, descrita en el primer fundamento de Derecho, debemos anular y anulamos la resolución recurrida, por ser contraria a Derecho, dejando sin efecto la sanción impuesta.
No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla, en sus propios términos, la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 24 de junio de 1998.‒El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid