Suscrito con fecha 20 de mayo de 1998 Convenio de colaboración entre
el Instituto de la Juventud y el Instituto Andaluz de la Juventud de la
Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía para la realización
de actividades de intercambio juvenil, y en cumplimiento de lo dispuesto
en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio, que
figura como anexo de esta Resolución
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 9 de julio de 1998.-El Secretario general técnico, Julio Sánchez
Fierro.
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO DE LA
JUVENTUD Y EL INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD DE LA
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA PARA
LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE INTERCAMBIO JUVENIL
En Madrid, a 20 de mayo de 1998.
REUNIDOS
De una parte, el ilustrísimo señor don Ricardo Tarno Blanco, Director
general del Instituto de la Juventud, nombrado por Real Decreto 1100/1996,
de 17 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" número 121, del 18), en nombre
y representación del Gobierno de la Nación, por delegación conferida por
Acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995,
Y, de otra parte, el ilustrísimo señor don Federico Pérez Peralta, como
Director general del Instituto Andaluz de la Juventud de la Consejería
de la Presidencia de la Junta de Andalucía, nombrado por Decreto
126/1997, de 22 de abril ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" número
49, del 26), en nombre y representación de dicho organismo autónomo,
creado por la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de
diciembre ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" número 151,
del 31).
EXPONEN
Primero.-Que el Instituto de la Juventud, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 26 del Real Decreto 565/1985, en relación con los artículos 48
y 149.1.3. a de la Constitución, tiene, entre otros fines:
La ejecución de la política del Departamento respecto de la juventud,
en colaboración con los Departamentos ministeriales y las
Administraciones Públicas cuyas actividades inciden sobre este sector de la población.
El fomento de las relaciones y de la cooperación internacional en
materia de juventud.
Segundo.-Que el Instituto Andaluz de la Juventud tiene encomendado
el ejercicio de las competencias exclusivas que en materia de juventud
corresponden a la Comunidad Autónoma de Andalucía en su ámbito
territorial, de conformidad con el artículo 13.30 de su Estatuto de Autonomía.
Tercero.-Que habiéndose previsto en el marco de la cooperación en
materia de juventud entre España y otros países la realización de
programas de intercambio que se materializarán en el ámbito territorial de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, se hace necesario contar con la
colaboración de ésta.
Por ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio de
colaboración, que se regirá por las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la
colaboración entre el Instituto de la Juventud y la Comunidad Autónoma de
Andalucía, para la realización de los programas de intercambio juvenil
aprobados por las Subcomisiones Mixtas de Intercambio Juvenil y
Programas de Aplicación de los Convenios Culturales que se desarrollen en
el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.
Segunda.-La colaboración a que se refiere la estipulación anterior se
realizará para la ejecución de los siguientes programas:
Intercambio Hispano-Griego:
Programa 6: Encuentro en Andalucía, durante seis días, sobre
actuaciones y programas culturales dirigidos a los jóvenes, con tres participantes
griegos. Ejecución a cargo del Ayuntamiento de Málaga.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 228.000 pesetas
para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno, actividades
culturales e interpretación.
Subcomisión Mixta Hispano-Italiana:
Programa B.1. E: Encuentro en Andalucía, durante ocho días, sobre
la implicación de los jóvenes en la conservación del medio ambiente, con
seis participantes italianos. Ejecución a cargo de AGADEN.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 406.000 pesetas
para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.
Programa B.8. E: Encuentro en Andalucía, durante siete días, sobre
animación y promoción de los intercambios juveniles, con seis
participantes italianos. Ejecución a cargo de la Delegación Provincial del Instituto
Andaluz de la Juventud en Almería.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 348.000 pesetas
para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.
Programa B.10. E: Encuentro en Andalucía, durante siete días, sobre
problemática social juvenil, con ocho participantes italianos. Ejecución
a cargo del Consejo de la Juventud de Andalucía.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 464.000 pesetas
para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.
Programa B.15. E: Encuentro en Andalucía, durante siete días, sobre
racismo metropolitano: Tipología, valores, prospectiva; con ocho
participantes italianos. Ejecución a cargo del Plan Joven del Ayuntamiento de
Cádiz.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 464.000 pesetas
para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.
Programa B.19. E: Encuentro en Andalucía, durante seis días, sobre
política de juventud, con cuatro participantes italianos. Ejecución a cargo
del Instituto Andaluz de la Juventud.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 194.000 pesetas
para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.
Programa B.20. E: Encuentro en Andalucía, durante ocho días, sobre
el arte como forma de expresión y comunicación de los jóvenes, con seis
participantes italianos.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 406.000 pesetas
para los conceptos de estancia, transporte interno y actividades culturales.
Subcomisión Mixta Hispano-Portuguesa:
Programa 8. E: Encuentro en Andalucía, durante siete días, sobre los
jóvenes y el medio ambiente urbano, con cuatro participantes portugueses.
Ejecución a cargo de AGADEN.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 232.000 pesetas
para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno y actividades
culturales.
Programa 14. E: Encuentro en Andalucía, durante siete días, sobre
animación juvenil de temática ambiental, con cuatro participantes
portugueses. Ejecución a cargo del Plan Joven del Ayuntamiento de Cádiz.
Aportación máxima del Instituto de la Juventud de 232.000 pesetas
para los conceptos de estancia, seguros, transporte interno y actividades
culturales.
Tercera.-1. Los compromisos de ambas partes serán los siguientes:
1.1 Del Instituto de la Juventud:
a) Relación institucional con los Ministerios de los países con los
que se han establecido programas de cooperación en materia de juventud,
determinando contenidos y condiciones generales para la realización de
los programas.
b) Facilitación de la información necesaria a la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el desarrollo de las actividades.
c) Aportación de la cantidad máxima de 2.974.000 pesetas con cargo
al concepto presupuestario 226 de su vigente presupuesto. Tal aportación
será librada por el Instituto de la Juventud "en firme, previa cuenta".
1.2 De la Comunidad Autónoma de Andalucía: Correrá a su cargo
la ejecución de los programas a que se refiere la estipulación anterior,
aportando la infraestructura y los medios materiales y personales
necesarios para el desarrollo de los mismos.
2. La rendición de la cuenta al Instituto de la Juventud por la
Comunidad Autónoma de Andalucía se hará conforme a las normas
económico-administrativas de aquél.
Cuarta.-Una vez finalizada cada una de las actividades, se remitirá
al Instituto de la Juventud, en el plazo de treinta días, informe que contenga
las conclusiones, sugerencias o propuestas obtenidas de la misma.
Quinta.-El presente Convenio tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre
de 1998. En caso de incumplimiento por alguna de las partes de las
obligaciones contraídas mediante el presente Convenio, la otra podrá
denunciarlo y dar por resuelto aquél.
Sexta.-Este Convenio se encuentra excluido del ámbito de la Ley de
Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud de lo establecido
en el artículo 3.1.c) de dicho texto legal.
Séptima.-Las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del presente
Convenio, dada su naturaleza jurídico-administrativa, serán sometidas a
la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y, en prueba de su conformidad, firman las partes el presente Convenio
en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el
lugar y fecha antes indicados.-El Director general del Instituto de la
Juventud, Ricardo Tarno Blanco.-El Director general del Instituto Andaluz de
la Juventud, Federico Pérez Peralta.
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