Contingut no disponible en valencià
El Consejo de Ministros, a propuesta del excelentísimo señor Ministro de este Departamento, en su reunión de 26 de junio de 1998, y de conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 17 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla, en sus propios términos, la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo número 168/1995, interpuesto por don Modesto Jesús Benito Rey Pereiras, contra acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de diciembre de 1994, sobre infracción de la Ley de Carreteras.
Para un adecuado y completo cumplimiento de la ejecución de la citada sentencia, esta Subsecretaría ha dispuesto ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo del Consejo de Ministros de referencia, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 14 de julio de 1998.‒El Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.
Ilmo. Sr. Director general de Carreteras.
En el recurso contencioso-administrativo número 168/1995, interpuesto por don Modesto Jesús Benito Rey Pereiras, contra el acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 16 de diciembre de 1994, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Tercera, en fecha 30 de marzo de 1998, cuya parte dispositiva literalmente dice:
«Fallamos: Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña Isabel Julia Corujo, en nombre y representación de don Modesto Jesús Benito Rey Pereiras, contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de diciembre de 1994, que impuso al demandante una sanción de multa por infracción de la Ley de Carreteras, acto administrativo que anulamos por ser contrario a derecho; todo ello sin expresa condena en costas.»
El Consejo de Ministros ha dispuesto, conforme a lo prevenido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid