Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-19457

Resolución de 14 de julio de 1998, de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, por la que se conceden subvenciones para la realización de Acciones Especiales y Acciones de Política Científica en el marco del Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1998, páginas 27378 a 27390 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-19457

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades,

Investigación y Desarrollo de 5 de noviembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado"

del 15), se convocaba la presentación de solicitudes para ayudas y

subvenciones a proyectos de investigación y otras acciones con cargo al

Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento.

Conforme a lo establecido en el punto 6.1 de dicha Resolución, la

Comisión de Selección, a la vista de los informes elaborados por la ANEP,

ha elevado al señor Director general de Enseñanza Superior e Investigación

Científica propuesta de financiación de las solicitudes que ha cumplido

los requisitos exigidos en la convocatoria. En consecuencia, en uso de

las atribuciones conferidas por la Resolución de 5 de noviembre de 1997,

he acordado:

Primero.-La concesión de 73 subvenciones por importe total de

161.466.503 pesetas a los organismos relacionados en el anexo I del

presente Acuerdo destinadas a financiar las Acciones Especiales y Acciones

de Política Científica que igualmente se reseñan.

La cuantía de las subvenciones se abonarán con cargo al crédito

18.07.782 del Programa 541 A de los Presupuestos Generales del Estado

para 1998 y sus importes se librarán a los organismos contenidos en dicho

anexo.

La justificación y seguimiento de las acciones subvencionadas se

ajustará a lo dispuesto en los puntos 7 y 8 de la Resolución de convocatoria.

Segundo.-La denegación de las solicitudes de subvención que se

relacionan en el anexo II por no haber alcanzado en el proceso de evaluación

el orden de prioridad impuesto por las disponibilidades económicas del

Programa.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,

cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo

establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder

Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la

fecha de su notificación que establece el artículo 58.1 de la Ley de 27

de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, previa comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la

Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, según dispone la Ley Reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa en su artículo 57.2, f).

Madrid, 14 de julio de 1998.-El Secretario de Estado, Manuel Jesús

González González.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Superior e Investigación Científica.

(Ver imágenes)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid