Por Resolución de la Secretaría de Estado de Universidades,
Investigación y Desarrollo de 5 de noviembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado"
del 15), se convocaba la presentación de solicitudes para ayudas y
subvenciones a proyectos de investigación y otras acciones con cargo al
Programa Sectorial de Promoción General del Conocimiento.
Conforme a lo establecido en el punto 6.1 de dicha Resolución, la
Comisión de Selección, a la vista de los informes elaborados por la ANEP,
ha elevado al señor Director general de Enseñanza Superior e Investigación
Científica propuesta de financiación de las solicitudes que ha cumplido
los requisitos exigidos en la convocatoria. En consecuencia, en uso de
las atribuciones conferidas por la Resolución de 5 de noviembre de 1997,
he acordado:
Primero.-La concesión de 73 subvenciones por importe total de
161.466.503 pesetas a los organismos relacionados en el anexo I del
presente Acuerdo destinadas a financiar las Acciones Especiales y Acciones
de Política Científica que igualmente se reseñan.
La cuantía de las subvenciones se abonarán con cargo al crédito
18.07.782 del Programa 541 A de los Presupuestos Generales del Estado
para 1998 y sus importes se librarán a los organismos contenidos en dicho
anexo.
La justificación y seguimiento de las acciones subvencionadas se
ajustará a lo dispuesto en los puntos 7 y 8 de la Resolución de convocatoria.
Segundo.-La denegación de las solicitudes de subvención que se
relacionan en el anexo II por no haber alcanzado en el proceso de evaluación
el orden de prioridad impuesto por las disponibilidades económicas del
Programa.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo
establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
fecha de su notificación que establece el artículo 58.1 de la Ley de 27
de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, previa comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, según dispone la Ley Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa en su artículo 57.2, f).
Madrid, 14 de julio de 1998.-El Secretario de Estado, Manuel Jesús
González González.
Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Superior e Investigación Científica.
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