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Documento BOE-A-1998-19462

Corrección de errores de la Orden de 13 de julio de 1998 por la que se modifica la de 20 de diciembre de 1994, de desarrollo del Real Decreto 1522/1984, de 14 de julio, por el que se autoriza la constitución de la empresa «Nacional de Residuos Radiactivos, Sociedad Anónima» (ENRESA).

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1998, páginas 27396 a 27397 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-19462

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la publicación de la Orden de 13 de julio

de 1998 por la que se modifica la de 20 de diciembre de 1994, de desarrollo

del Real Decreto 1522/1984, de 14 de julio, por el que se autoriza la

constitución de la "Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, Sociedad

Anónima" (ENRESA), publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 170,

de fecha 17 de julio de 1998, a continuación se transcriben a fin de proceder

a su rectificación:

En la página 24138, columna de la derecha,

H i /D 2i Punto cuarto a) 2. donde dice: "(h/d 2 ) i =

--------R (H i /D 2i )",

H i /D i 2

debe decir: "(h/d 2 ) i =

--------R (H i /D i 2 )",

En la página 24139, columna de la izquierda, primera y segunda línea,

donde dice:

"siendo:

H i = R H j = Número de habitantes del municipio i pertenecientes a aquellos

núcleos de población j cuya distancia al centro de la instalación

no supere los 20 ó 16 kilómetros, según se trate de las categorías

1y2ó3y4,respectivamente, del punto tercero."

debe decir:

"siendo:

H i = R H j = Número de habitantes del municipio i pertenecientes a aquellos

núcleos de población j cuya distancia al centro de la instalación

no supere los 20 ó 16 kilómetros, según se trate de las categorías

1y2ocategorías3y4,respectivamente, del punto tercero."

En la página 24139, columna de la izquierda,

Punto cuarto a) 3, donde dice: "Ningún municipio recibirá más del

20, 40 ó 50 por 100 del fondo, según que la instalación sea de categorías

1,2ó3y4,respectivamente", debe decir: "Ningún municipio recibirá

más del 20, 40 ó 50 por 100 del fondo, según que la instalación sea de

categoría 1, categoría 2 o categorías3y4,respectivamente".

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