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Documento BOE-A-1998-19798

Orden de 16 de julio de 1998 de revocación a la entidad «La Boreal Médica de Seguros, Sociedad Anónima», de la autorización administrativa para operar en el ramo de incendio y elementos naturales y posterior inscripción en el Registro Administrativo de Entidades Aseguradoras del acuerdo de revocación.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 1998, páginas 27732 a 27732 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-19798

TEXTO ORIGINAL

La entidad "La Boreal Médica de Seguros, Sociedad Anónima", se

encuentra autorizada para operar en los ramos de accidentes, enfermedad

(en lo que se refiere a los riesgos de asistencia sanitaria), incendio y

elementos naturales, asistencia y decesos.

La entidad ha solicitado la revocación de la autorización administrativa

para operar en el ramo de incendio y elementos naturales, de acuerdo

con lo dispuesto en el artículo 25.1.a) de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre,

de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he

resuelto:

Primero.-Revocar a la entidad "La Boreal Médica de Seguros, Sociedad

Anónima", la autorización administrativa para operar en el ramo de

incendio y elementos naturales, conforme a lo previsto en el artículo 25.1.a)

de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de

los Seguros Privados.

Segundo.-Inscribir en el Registro Administrativo de Entidades

Aseguradoras el acuerdo de revocación de la autorización administrativa a

la entidad "La Boreal Médica de Seguros, Sociedad Anónima", para el

ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de incendio y elementos

naturales.

Contra la presente Orden podrá interponerse, en el plazo de dos meses,

contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", previa comunicación a este Ministerio, recurso

contencioso-administrativo, según lo establecido en los artículos 37.1 y 58

de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27

de diciembre de 1956 y en el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, de 26 de noviembre de 1992.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 16 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986),

el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.

Ilma. Sra. Directora general de Seguros.

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