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Documento BOE-A-1998-20873

Orden de 28 de julio de 1998 por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, del auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de fecha 17 de junio de 1996, recaída en el recurso contencioso-administrativo número 1/4.550/1995, interpuesto por don Juan Zapata Gallego, así como cumplimiento de auto del Tribunal Supremo de 21 de junio de 1997 por el que se admite el recurso de casación interpuesto por la representación procesal del recurrente.

Publicado en:
«BOE» núm. 211, de 3 de septiembre de 1998, páginas 29944 a 29944 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1998-20873

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 1/4.550/1995,

interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana,

por la representación procesal de don Juan Zapata Gallego, contra la

Resolución de la Dirección General de Costas de fecha 12 de septiembre de

1995, por la que se declara inadmisible la reposición deducida contra

la Resolución anterior de 14 de julio de 1994, relativa a desestimación

del recurso ordinario interpuesto contra el acuerdo del Servicio Provincial

de Costas en Alicante de 2 de febrero de 1994 por el que se impuso el

recurrente sanción de multa y orden de demolición de las obras realizadas

en zona de servidumbre de tránsito en la playa de la Mata, término

municipal de Torrevieja (Alicante), en fecha 17 de junio de 1996, ha sido dictado

auto, confirmando en súplica el 21 de noviembre de 1996, cuya parte

dispositiva, literalmente dice:

"La Sala acuerda declarar la inadmisibilidad del recurso

contencioso-administrativo interpuesto por don Juan Zapata Gallego, contra los actos

aquí recurridos."

Asimismo y en el recurso de casación número 3.052/1997 preparado

ante el Tribunal Supremo por la representación procesal de don Juan

Zapata Gallego contra el anterior auto, por su Sala Tercera, en fecha 21

de junio de 1997 se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del siguiente

tenor:

"La Sala acuerda declarar la inadmisibilidad del recurso de casación

interpuesto por la representación procesal de don Juan Zapata Gallego,

contra el auto de 17 de junio de 1996, confirmado en súplica por otro

de 21 de noviembre del mismo año, dictado por la Sección Primera de

la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

de la Comunidad Valenciana, dictado en el recurso

contencioso-administrativo número 4.550/1995, resolución que se declara firme; con imposición

de las costas procesales causadas en este recurso a la parte recurrente."

Este Ministerio, a los efectos de lo establecido en los artículos 103

y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en

sus propios términos los referidos autos.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.

Madrid, 28 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 25 de septiembre de

1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario, Claro José

Fernández-Carnicero González.

Ilmo. Sr. Director general de Costas.

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