En el recurso contencioso-administrativo número 1/4.550/1995,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana,
por la representación procesal de don Juan Zapata Gallego, contra la
Resolución de la Dirección General de Costas de fecha 12 de septiembre de
1995, por la que se declara inadmisible la reposición deducida contra
la Resolución anterior de 14 de julio de 1994, relativa a desestimación
del recurso ordinario interpuesto contra el acuerdo del Servicio Provincial
de Costas en Alicante de 2 de febrero de 1994 por el que se impuso el
recurrente sanción de multa y orden de demolición de las obras realizadas
en zona de servidumbre de tránsito en la playa de la Mata, término
municipal de Torrevieja (Alicante), en fecha 17 de junio de 1996, ha sido dictado
auto, confirmando en súplica el 21 de noviembre de 1996, cuya parte
dispositiva, literalmente dice:
"La Sala acuerda declarar la inadmisibilidad del recurso
contencioso-administrativo interpuesto por don Juan Zapata Gallego, contra los actos
aquí recurridos."
Asimismo y en el recurso de casación número 3.052/1997 preparado
ante el Tribunal Supremo por la representación procesal de don Juan
Zapata Gallego contra el anterior auto, por su Sala Tercera, en fecha 21
de junio de 1997 se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del siguiente
tenor:
"La Sala acuerda declarar la inadmisibilidad del recurso de casación
interpuesto por la representación procesal de don Juan Zapata Gallego,
contra el auto de 17 de junio de 1996, confirmado en súplica por otro
de 21 de noviembre del mismo año, dictado por la Sección Primera de
la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia
de la Comunidad Valenciana, dictado en el recurso
contencioso-administrativo número 4.550/1995, resolución que se declara firme; con imposición
de las costas procesales causadas en este recurso a la parte recurrente."
Este Ministerio, a los efectos de lo establecido en los artículos 103
y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en
sus propios términos los referidos autos.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 28 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 25 de septiembre de
1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el Subsecretario, Claro José
Fernández-Carnicero González.
Ilmo. Sr. Director general de Costas.
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