En el recurso contencioso-administrativo número 1.261-95, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Daniel Aguiló Panisello, Sociedad Anónima» (DAPSA), contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 26 de septiembre de 1994 y 11 de abril de 1995, se ha dictado, con fecha 28 de abril de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto en nombre y representación de ‘‘Daniel Aguiló Panisello, Sociedad Anónima’’ (DAPSA), contra acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 11 de abril de 1995, publicado en el ‘‘Boletín Oficial de la Propiedad Industrial’’ de 1 de junio siguiente, por el que se desestimaba el recurso ordinario interpuesto por la parte actora contra el acuerdo anterior de la misma Oficina de 26 de septiembre de 1994, publicado en el boletín de 16 de noviembre siguiente, por el que se procedía a la concesión del registro del modelo de utilidad número 9301698, para un ‘‘contenedor apilable perfeccionado’’, a favor de ‘‘Iberoamericana del Embalaje, Sociedad Anónima’’, acuerdos que declaramos nulos y sin efecto alguno, por no ser ajustados a Derecho, procediendo en consecuencia dejar sin efecto alguno la concesión del registro del modelo de utilidad impugnado. Sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de agosto de 1998.‒El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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