En el recurso contencioso-administrativo número 1.397-95, referente al expediente de marca número 1.664.421/2, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Miguel Torres, Sociedad Anónima», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de abril de 1994 y de 4 de octubre de 1995, se ha dictado, con fecha 24 de febrero de 1998 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Antonio María Álvarez Buylla y Ballesteros, en nombre y representación de la compañía “Miguel Torres, Sociedad Anónima”, contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas dictada en fecha 5 de abril de 1994, confirmada por la resolución de la misma de fecha 4 de octubre de 1995, por lo que debemos declarar y declaramos que las mismas son conformes con el ordenamiento jurídico y, en consecuencia, las confirmamos. No ha lugar a imponer las costas procesales causadas en esta instancia.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de agosto de 1998.–El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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