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Documento BOE-A-1998-23092

Orden de 14 de septiembre de 1998 de autorización de ampliación de prestaciones en los ramos de vida, accidente y enfermedad, excluida asistencia sanitaria, a la entidad Mutualidad de Previsión del Hogar Divina Pastora, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija (P-2381).

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 5 de octubre de 1998, páginas 33158 a 33158 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-23092

TEXTO ORIGINAL

La entidad denominada Mutualidad General de Previsión del Hogar

Divina Pastora, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, inscrita en

el Registro administrativo previsto en el artículo 74.1 de la Ley 30/1995,

de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados,

ha presentado en la Dirección General de Seguros solicitud de ampliación

de prestaciones en los ramos de vida, accidentes y enfermedad, excluida

asistencia sanitaria, al amparo de lo previsto en el artículo 66 de dicha

norma legal.

De la documentación que la mutualidad adjunta a la solicitud formulada

se desprende que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la legislación

vigente.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros, he

resuelto autorizar a la entidad denominada Mutualidad General de

Previsión del Hogar Divina Pastora, Mutualidad de Previsión Social a Prima

Fija, la ampliación de prestaciones en los ramos de vida, accidentes y

enfermedad, excluida asistencia sanitaria, de la clasificación establecida

en la disposición adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre,

de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, con arreglo al artículo

66 de la precitada norma legal.

Contra la presente Orden podrá interponerse, en el plazo de dos meses,

contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", previa comunicación a este Ministerio, recurso

contencioso-administrativo, según lo establecido en los artículos 37.1 y 58

de la Ley reguladora de Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de

diciembre de 1956, y en el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común de 26 de noviembre de 1992.

Lo que comunica a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 14 de septiembre de 1998.-P. D. (Orden de 29 de diciembre

de 1986), el Secretario de Estado de Economía, Cristóbal Montoro Romero.

Ilma. Sra. Directora general de Seguros.

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