El centro "Fundación Masaveu", sito en avenida Pedro Masaveu, 16,
de Oviedo (Asturias), tenía concierto educativo para ocho unidades de
la Rama Industrial-Agraria en Formación Profesional de primer grado y
seis unidades de otras ramas en Formación Profesional de segundo grado,
en base a lo establecido en la Orden de 9 de mayo de 1997 ("Boletín
Oficial del Estado" del 14), por la que se resuelve la renovación y el acceso
al régimen de conciertos educativos de los centros docentes privados para
el curso 1997-1998.
Por Orden de 26 de mayo de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" de
2 de junio), por la que se resuelven los expedientes de modificación de
los conciertos educativos de los centros docentes privados para el curso
1998-1999, se aprueba concierto educativo al citado centro para cuatro
unidades de la Rama Industrial-Agraria en Formación Profesional de
primer grado y tres unidades para los ciclos formativos de Grado Medio:
1. o C. Equipos e Instalaciones Electrotécnicas; 1. o C. Equipos Electrónicos
de Consumo y 1. o C. Mecanizado (Rama Industrial-Agraria), no sufriendo
ninguna modificación el concierto eductivo suscrito en Formación
Profesional de segundo grado, denegándose el concierto educativo para la
implantación del 1. o C. del ciclo formativo de Grado Medio: Instalación
y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y Conducción de Líneas,
por los motivos que se indicaban como fundamento de la citada Orden
de 26 de mayo de 1998.
Considerando que el centro ha obtenido, informe favorable de la
Subdirección General de Infraestructuras para los ciclos formativos de Grado
Medio y Superior, entre los que se incluye el ciclo formativo de Grado
Medio: Instalación y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y
Conducción de Líneas,
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Aprobar la modificación del concierto educativo suscrito para
ciclos formativos de Grado Medio por el centro "Fundación Masaveu", sito
en avenida Pedro Masaveu, 16, de Oviedo (Asturias), quedando establecido
concierto educativo para las unidades, cursos y enseñanzas que a
continuación se indican:
Cuatro unidades para los ciclos formativos de Grado Medio:
1. o C. Equipos e Instalaciones Electrotécnicas (una unidad).
1. o C. Equipos Electrónicos de Consumo (una unidad).
1. o C. Instalación y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y
Conducción de Líneas (una unidad de la Rama Industrial-Agraria).
1. o C. Mecanizado (una unidad de la Rama Industrial-Agraria).
Segundo.-La Dirección Provincial de Educación y Cultura notificará
al titular del centro el contenido de esta Orden, así como la fecha, lugar
y hora en que deberá firmarse la modificación del concierto en los términos
que por la presente se acuerdan.
Tercero.-Dicha modificación se formalizará mediante diligencia
firmada por el Director provincial de Asturias y el titular del centro o persona
con representación legal debidamente acreditada.
Entre la notificación y la firma de la misma deberá mediar un plazo
mínimo de cuarenta y ocho horas.
Cuarto.-El concierto educativo para el ciclo formativo de Grado Medio:
Instalación y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y Conducción
de Líneas, que por esta Orden se aprueba, estará condicionado, en su
caso, a la finalización de las obras y obtención de la preceptiva autorización
al inicio del curso académico 1998-1999.
Quinto.-De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 109 y 110.3 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la
presente Orden agota la vía administrativa, por lo que contra la misma podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde la notificación de la Orden,
previa comunicación a este Departamento.
Madrid, 11 de septiembre de 1998.-P. D. (Orden de 17 de junio de
1996, "Boletín Oficial del Estado" del 19), el Secretario general de Educación
y de Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.
Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.
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