Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de
Fundaciones Docentes de esta Consejería de la fundación denominada
"Ilustre Colegio de Economistas de Málaga", constituida y domiciliada en
Málaga, calle Granada, número 41.
Antecedentes de hecho
Primero.-La fundación fue constituida en escrituras públicas de
fecha 22 de diciembre de 1997, ante don José Manuel de Torres Puentes,
Notario del Ilustre Colegio de Granada, con número de protocolo 5457,
corregidas por el mismo Notario con fecha 6 de julio de 1998, con número
de protocolo 2832, figurando como fundador don Francisco Aguilar Muñoz
y otros.
Segundo.-Tendrá principalmente los objetivos y fines siguientes:
La elaboración de las distintas publicaciones y con carácter habitual
la revista "Economistas Málaga".
Promover y facilitar la investigación dentro del campo de la economía.
Formación continuada de los miembros del Colegio de Economistas
de Málaga y de la sociedad interesados en ella.
Contribuir a fomentar el interés general de los colegiados y de la
sociedad en todos los campos relacionados con la economía y actividades afines.
Tercero.-La dotación inicial de la fundación está constituida por lo
siguiente:
Quinientas mil pesetas, las cuales han sido ingresadas en la Caja Rural
de Málaga, oficina principal de dicha capital.
Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la fundación,
se confía de modo exclusivo a un Patronato, que estará formado por un
mínimo de cinco miembros y un máximo de 45, siendo su Presidente don
Francisco Aguilar Muñoz.
Vistos la Constitución Española; el Estatuto de Autonomía de
Andalucía; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos
Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el
Decreto 2930/1972, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de
Fundaciones Culturales Privadas y Entidades Análogas, y demás normas de
general y pertinente aplicación.
Fundamentos de Derecho
Primero.-Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 42/1983,
de 9 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, las
competencias que en materia de educación se traspasaron por Real
Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, y en particular, sobre las fundaciones
docentes que desarrollen principalmente sus acciones en Andalucía,
ejerciendo, en consecuencia, el Protectorado sobre las de esta clase.
Segundo.-Se han cumplido en la tramitación del expediente todos los
requisitos considerados esenciales por la Ley 30/1994, de 24 de noviembre,
de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en
Actividades de Interés General y el Reglamento de Fundaciones Culturales
Privadas, por lo que procede el reconocimiento del interés público de
sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones
Docentes.
En consecuencia, y en atención a los hechos y fundamentos de Derecho
hasta aquí desarrollados, esta Consejería de Educación y Ciencia, visto
el preceptivo informe de la Asesoría Jurídica, resuelve:
Primero.-Reconocer el interés público de la entidad, e inscribir como
fundación docente privada en el correspondiente Registro a la fundación
"Ilustre Colegio de Economistas de Málaga", con domicilio en calle Granada,
número 41, de la localidad de Málaga.
Segundo.-Aprobar los Estatutos contenidos en las escrituras públicas
de fecha 22 de diciembre de 1997, corregidas con fecha 6 de julio de 1998.
Tercero.-Confirmar en sus cargos a los miembros del Patronato de
la fundación, cuyos nombres se recogen en la carta fundacional y que
han aceptado su cargos.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo
con el artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se podrá
interponer en el plazo de dos meses, a partir de su publicación, recurso
contencioso-administrativo, previo anuncio del mismo al órgano que la
dicta, según exige el artículo 110.3 de la citada Ley, y el artículo 57.2
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 14 de septiembre de 1998.-Manuel Pezzi Cereto.
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