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Documento BOE-A-1998-25277

Resolución de 28 de septiembre de 1998, de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente para la delimitación de la zona arqueológica de Segóbriga, localizada en Saelices y Almonacid del Marquesado, provincia de Cuenca.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 1998, páginas 36047 a 36048 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-1998-25277

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por los Servicios Técnicos

correspondientes, esta Dirección General de Cultura ha acordado:

Primero.-Incoar expediente para la delimitación de la zona

arqueológica de Segóbriga, localizada en Saelices y Almonacid del Marquesado,

provincia de Cuenca, que tiene condición de bien de interés cultural en

virtud de Decreto de fecha 4 de junio de 1931 (relacionado con la

disposición adicional primera de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico

Español), de acuerdo con la descripción contenida en el anexo.

Segundo.-Disponer la apertura de un período de información pública,

a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto puedan examinar

el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de

veinte días hábiles, siguientes a la publicación de la presente Resolución,

en las Dependencias de esta Dirección General de Cultura (plaza Cardenal

Silíceo, sin número, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido

en el artículo 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las

disposiciones en vigor.

Cuarto.-Hacer saber al Ayuntamiento de Saelices y Almonacid del

Marquesado (Cuenca), que, según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de

la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan

de realizarse en el espacio delimitado de esta Resolución no podrán llevarse

a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el órgano

autonómico con competencia en la materia (Comisión del Patrimonio

Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Cultura).

Quinto.-Notificar el presente acuerdo a los interesados, así como al

Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación

preventiva.

Sexto.-Promover la publicación del presente acuerdo en el "Diario

Oficial de Castilla-La Mancha" y en el "Boletín Oficial del Estado", a efectos

de lo dispuesto en los artículos 59, apartados4y5,y60delaLey30/1992,

del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Toledo, 28 de septiembre de 1998.-La Directora general, María Ángeles

Díaz Vieco.

ANEXO

Objeto de declaración

Delimitación de la zona arqueológica de Segóbriga, localizada en

Saelices y Almonacid del Marquesado, provincia de Cuenca.

Área de protección

Venía definida por:

Término municipal de Saelices:

Polígono 3 completo: Parcelas1a73.

Polígono 4 completo: Parcelas 1, 2, 3, 4, y 5.

Polígono 5 completo: Parcelas 1 a 278.

Polígono 8: Parcelas 1, 2, 3,4y5.

Polígono 9 completo: Parcelas 1 a 111.

Polígono 10 completo: Parcelas1a48.

Polígono 11: Parcelas 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68 y 69.

Término municipal de Almonacid del Marquesado:

Polígono 1: Parcelas 105, 106, 107, 109, 113, 114, 115, 116, 117, 118,

119, 120 y 121.

Polígono 9: Parcelas 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19,

20 y 21.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos

contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de los citados

polígonos y parcelas y las une entre sí.

Todo ello según plano adjunto.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en

la legalidad del patrimonio histórico sobre el área de protección señalada,

en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible

de afectar negativamente a la conservación o a la contemplación del bien

objeto de tutela.

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